Honorarios se invierten en sectores sociales y Procuraduría, dice Moreno

El procurador general de la República, Roberto Moreno Rodríguez, reconoció ayer que cobra honorarios profesionales, pero aclaró que solo reclama a la parte perdidosa, en casos en que el Estado gana el juicio a un particular. Dijo que la Ley 2796 /05 y una sentencia de la Corte lo habilitan. Explicó que no habiendo una legislación que regule el destino de lo cobrado se acordó donar en parte a instituciones de beneficencia, otra queda para la Procuraduría, y el resto se reparte a los abogados del Estado que intervinieron en los casos.

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“Es legal regular honorarios a particulares que demandan al Estado. Me habilitan la Ley 2796 de 2005 y una acordada de la Corte”, manifestó ayer el procurador general de la República, Roberto Moreno Rodríguez.

El funcionario respondió de esta manera a los cuestionamientos surgidos por el reclamo de cobro de honorarios realizados por él, en que el Estado ganó un juicio, y que en algunos casos fueron rechazados por el juez Linneo Insfrán, vetado por el Poder Ejecutivo para miembro de la Corte.

“Es falso y tendencioso decir que yo he regulado honorarios y que Linneo Insfrán le salvó al Estado. Al contrario, he sido el único procurador que declaró que los abogados no deben cobrar al Estado. Lo que pasa acá es que yo no vine a formar parte del esquema de repartija. Me advirtieron que me estaba enfrentando a una poderosa rosca”, acotó.

Agregó además que no en todos los casos se reclama pago de honorarios, pero insistió en que nunca se pretendió cobrar al Estado. “Yo soy el primero en defender la tesis que los abogados del Estado no pueden reclamar honorarios, pero al Estado; en casos contra particulares está bien. Yo lo hice y seguiré haciendo”, acotó.

Señaló que como no está reglamentado qué destino se debe dar a los montos cobrados por ganar juicios, se llegó a un consenso en la institución y se acordó entregar una parte a organismos de beneficencia, otra se deja para la Procuraduría y un tercio se reparte entre los abogados que litigaron en los casos.

Entre las instituciones que recibieron donación están la sala de pediatría del Hospital del Cáncer, el comedor de Ña Sara Servián, Asoleu, Fundación paraguaya contra la Diabetes y la Casa Cuna.

Mencionó que estaba trabajando en la elaboración de una carta orgánica, en la que se establecerá que todo el dinero cobrado en concepto de honorarios será incluido en el presupuesto de la institución como fuente 30.

“Mientras no esté reglamentado, seguiremos obrando de acuerdo a lo acordado en la Procuraduría”, acotó.

Lo que dice la ley y la Corte Suprema

La Ley 2796 a la que se refiere Moreno dice en su artículo 1°, que “podrán justipreciar sus honorarios profesionales, pero no tendrán acción para requerirlos judicial o extrajudicialmente a sus mandantes ni a entidades vinculadas o sometidas bajo tutela, administración o intervención de la administración pública”.

Mientras la sentencia de la Corte, que data de abril del 2014 expresa que los abogados “en ningún caso pueden pretender perseguir el cobro de honorarios regulados en las causas en que han entendido contra entes estatales... ahora bien independientemente y además de las remuneraciones que reciban... la ley sí les reconoce el derecho de hacer justipreciar sus honorarios a la contraparte condenada con costas”. La sentencia fue aprobada por unanimidad.

El procurador también citó la Ley 1366 del año 1988, que reglamenta el cobro de honorarios profesionales.

Pedidos rechazados

Al menos dos reclamos de regulación de honorarios, por parte del procurador Roberto Moreno Rodríguez fueron rechazados a inicios de 2014, y el preopinante en ambos casos fue el juez Linneo Ynsfrán. El abogado es el mismo que este año fue elegido por el Senado para integrar la Corte Suprema de Justicia en reemplazo de Víctor Núñez, pero su nombre fue vetado por el Ejecutivo.

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