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La implementación de pulseras o tobilleras podrán ser aplicados en cualquier juicio o proceso en el que se requiera establecer control sobre personas a quienes se atribuyen conductas previstas en las leyes como el Código Penal, Procesal Penal, de Ejecución Penal, de la Niñez y Adolescencia y la ley contra la violencia doméstica.
El senador Fernando Silva Facetti (PLRA) señaló que esta normativa se viene debatiendo desde el año pasado y había sido ya aprobada pero fue vetada debido a una objeción sobre el organismo de aplicación. El planteo inicial era que fuera el Ministerio de Justicia pero tras un estudio pormenorizado quedó a cargo de la Corte Suprema de Justicia.
Apuntó que la normativa intenta dar solución al exceso de 5.000 personas privadas de su libertad que sobrepasa la capacidad de las cárceles y que podrían ser beneficiadas con esta medida alternativa de control a distancia.
Señaló que la ley no será aplicable a aquellas personas que sean reincidentes en los delitos.