Gobernadores jurarán esta tarde en el Banco Central

Un total de 17 gobernadores electos el 21 de abril para cumplir el periodo constitucional 2013/18, en sus respectivos departamentos, prestarán juramento en un acto único a realizarse a las 18:00 en el teatro “José Asunción Flores”, del Banco Central del Paraguay (BCP). Presidirá la ceremonia el titular del Tribunal de Justicia Electoral (TSJE), Alberto Ramírez Zambonini.

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Durante el acto prestarán juramento Blas Lanzoni Achinelli (PLRA) como gobernador de Central y también harán lo propio Justo Aricio Zacarías Irún (ANR), de Alto Paraná; Carlos María López López (PLRA), de Cordillera; Rodolfo Max Friedmann Alfaro (ANR), Guairá; Mario Alberto Varela Cardozo (ANR), Caaguazú; Avelino Dávalos Estigarribia (ANR), Caazapá; Luis Roberto Gneiting Dichtiar (ANR), Itapúa; Derlis Hernán Maidana Zarza (ANR), Misiones y Miguel Jorge Cuevas (ANR), Paraguarí.

Igualmente jurarán Carlos Francisco Silva (PLRA), de Ñeembucú; Pedro González Ramírez (PLRA), Amambay; Luis Adolfo Urbieta Cáceres (ANR), Concepción; Vicente Rodríguez Arévalos (ANR), San Pedro; Alfonso Noria Duarte (ANR), Canindeyú; Pablo Contessi Pérez (APC), Presidente Hayes; Marlene Graciela Ocampos (ANR), Alto Paraguay, y Edwin Pauls Friesen (ANR), Boquerón, Chaco.

El juramento de los citados gobernadores se hará conforme a la Resolución Nº 60/2013 del TSJE, dictada ante una solicitud formulada por los mencionados futuros jefes departamentales, según un informe proporcionado en la víspera por el organismo electoral.

La solicitud había sido planteada por medio de una nota presentada el 31 de julio pasado en la cual los gobernadores electos dijeron que se debía de realizar un acto único de juramento ante el titular del TSJE, por tratarse de la máxima autoridad en materia electoral.

Según la Ley Nº 635/95 “Que Reglamenta la Justicia Electoral”, declara en su artículo 4, inciso 3, que “El presidente ejercerá la representación legal de la Justicia Electoral y la supervisión administrativa de la misma”.

En cuanto a las competencias de los Tribunales Electorales, el artículo 15, inciso m, de la mencionada ley señala que deben “Cumplir y hacer cumplir las resoluciones y demás instrucciones del Tribunal Superior de Justicia Electoral”.

La resolución Nº 60/2013, por la cual se dispuso el acto único para el juramento, establece además que ningún presidente de los Tribunales Electorales de la República, tome juramento de posesión al cargo antes de la hora 00:01 am del 15 de agosto del corriente.

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