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Los funcionarios Víctor Nicolás Pérez Noguera, Santiago Caballero, María Cristina Ashwell Fernández, Ramón Agustín Leguizamón Enciso, Andrés Pessoa Ferreira, Antonio Torres Álvarez, Justo Pastor Rivas Martínez, Francisco Vicente Capdevila León, Blanca Victoria Florentín de Belotto Romelio Ananías Amarilla Ortiz y Rafael Correo Montiel volverán al Senado, tras el fallo a favor de la Sala Constitucional de la Corte.
Los ministros de la máxima instancia judicial declararon inconstitucional el Art. 9 de la ley de “Reforma y Sostenibilidad de la Caja Fiscal, Sistema de Jubilaciones y Pensiones del sector público”, que establece que la jubilación ordinaria debe comenzar a los 62 años cumplidos con 20 años de aportes.
Las ministras Gladys Bareiro de Módica y Myriam Peña votaron por hacer lugar a la acción de inconstitucionalidad. Bareiro argumentó que se violentaron los artículos constitucionales de la igualdad a las personas y de las garantías de la igualdad. “Los trabajadores del sector público no tienen limitaciones de edad para prestar sus servicios al empleador e inclusive los funcionarios de las Fuerzas Armadas y policiales, y magistrados en general recién a la edad de 75 años son pasibles de una jubilación ordinaria, por lo cual se confirma la desigualdad en el caso”, detalla el escrito.
Por su parte, Peña fundamenta que “no existe impedimento para que un funcionario público que superó los 65 años pueda seguir trabajando y aportando a la sociedad”.
A su turno, el ministro Antonio Fretes votó en disidencia.
El fallo constitucional preocupa a los miembros de la Mesa Directiva, ya que se reemplazaron los cargos dejados por los funcionarios jubilados.