Evidencia de plagio en tesis doctoral de un ternado a la Corte Suprema

Hemos hallado seria y concluyente evidencia de plagio en la tesis de Rubén Darío Romero, candidato a ocupar un lugar en la Corte, integrante de la terna puesta a consideración del Senado por el Consejo de la Magistratura el 26 de diciembre de 2018. Romero niega haber plagiado, pero no logra explicar cómo párrafos enteros de una obra publicada con anterioridad aparecen en su trabajo “Constitución y descentralización”.

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Tener título de Doctor en Derecho es requisito excluyente para ser ministro de la Corte Suprema de Justicia. Como parte del estricto escrutinio público al que deben ser sometidos, sin distinción, todos los candidatos a ocupar ese cargo, por iniciativa propia hemos revisado las tesis doctorales de los integrantes de la terna para cubrir la vacancia dejada por el destituido Sindulfo Blanco en el más alto tribunal de la República.

Hasta donde hemos podido analizar y comparar y hasta donde llega nuestro conocimiento, no hemos encontrado nada irregular en los trabajos de Emilio Camacho Paredes y Alberto Martínez Simón.

Lamentablemente, no podemos decir lo mismo de “Constitución y descentralización”, disertación presentada por Rubén Darío Romero en 2002 y defendida en 2004, aceptada por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Asunción como la tesis que lo eleva al grado académico de doctor.

Análisis de autoría

Nuestra intención no es hacer juicios de valor sobre el contenido, la consistencia o la importancia de tales tesis para las ciencias jurídicas, sino específicamente determinar, en la medida de nuestras posibilidades, si las mismas son realmente de la autoría de los candidatos.

Emilio Camacho defendió la suya en febrero de 1988 en la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, bajo la tutoría del Prof. Dr. Pablo Lucas Verdú. Se titula “El estado de excepción en el constitucionalismo iberoamericano”. Es un extenso tratado de tres tomos mecanografiados (en 1990 se publicó una versión resumida bajo el título Constitución y estado de excepción, editorial La Ley Paraguaya), con seis capítulos, numerosos tópicos, conclusiones y más de 200 referencias bibliográficas.

La hemos revisado aleatoria, pero concienzudamente, y nada pareciera indicar que la misma no sea efectivamente de la autoría del Dr. Camacho.

Lo mismo hemos hecho con “La responsabilidad civil colectiva”, tesis doctoral de Alberto Joaquín Martínez Simón, defendida ante y aceptada como tal por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Asunción en 2001.

Es un trabajo de doce capítulos y una conclusión, con 33 referencias bibliográficas, más otras 17 obras consultadas.

Como en el anterior, tampoco en este caso hemos encontrado indicios de que el trabajo no sea de la autoría del firmante. No obstante, alentamos a nuestros lectores, y a todos los que tengan interés, a hacer sus propias comparaciones, por si encontraran algo que se nos hubiera pasado por alto.

Copia textual

“Constitución y descentralización”, que se presenta como tesis doctoral firmada por el candidato Rubén Darío Romero, consta de una introducción, cuatro capítulos, incluidas las conclusiones, y una bibliografía de 22 referencias.

Tristemente, no solamente hemos hallado simples indicios, sino copias textuales, palabra por palabra, párrafo por párrafo de otros trabajos, sin entrecomillar y sin acreditarlos a la fuente.

Específicamente el capítulo II, “Teoría de la Supremacía Constitucional”, una amplia exposición de 87 páginas, rica en contenido histórico y doctrinario, es prácticamente idéntico, con mínimas variaciones, ocasionales saltos de frases y repeticiones que dejan partes del texto sin sentido, a trabajos que están disponibles en internet (que a su vez son plagios) y, lo que es aún más bochornoso, a secciones enteras de la obra de al menos un importante jurisconsulto.

En efecto, la supuesta tesis de Rubén Darío Romero tiene varias páginas consecutivas literalmente copiadas y no atribuidas del libro Constitución y control del poder. Introducción a una teoría constitucional del control, del Prof. Dr. Manuel Aragón Reyes, un prestigioso jurista andaluz, excatedrático de Derecho Constitucional y magistrado emérito del Tribunal Constitucional de España.

El libro fue publicado por primera vez en Buenos Aires en 1995 por la editorial Ciudad Argentina, luego en Bogotá en 1999 por la Universidad Externado de Colombia, y nuevamente en 2002, como parte de una recopilación de tres obras bajo el título general de Constitución, democracia y control, por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México. La tesis del candidato Rubén Romero, reiteramos, fue presentada en 2002 y defendida en 2004.

Muestra

Solo como pequeña muestra, en la página 83 de la edición de la UNAM del libro del Dr. Aragón dice:

“Aunque Schmitt sostuviera, con excesiva rotundidad, que fueron las experiencias del señorío del Parlamento en la primera revolución inglesa las que condujeron a los intentos teóricos y prácticos de distinguir y separar los diversos campos de la actuación del poder del Estado, lo cierto es que esos intentos son muy anteriores y se manifiestan por muy complejas vías...”.

En la página 52 de la tesis de Rubén Darío Romero, expresado como de su autoría, se lee:

“Aunque, Schmitt sostuviera, con excesiva rotundidad, que fueron las experiencias del señorío del Parlamento en la Primera Revolución inglesa, las que condujeron a los intentos teóricos y prácticos de distinguir y separar los diversos campos de la actuación del poder del Estado, lo cierto, es que esos intentos son muy anteriores y se manifiestas por muy complejas vías” [sic].

Como se aprecia, lo único que difiere son comas agregadas, algunos errores y mayúsculas. Esto se repite una y otra vez, frase tras frase, párrafo tras párrafo, página tras página. La obra del verdadero autor, el Prof. Dr. Manuel Aragón Reyes, no está mencionada ni siquiera como fuente “consultada”.

arivarola@abc.com.py

Romero responde: “No puedo adivinar si estaba publicado o no”

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