El embajador brasileño se excusa y no habla de trabas

El embajador brasileño en Paraguay, José Felicio, se excusó ayer de opinar sobre la postura de su país de bloquear una propuesta comercial paraguaya en Mercosur. Dijo que la cuestión la lleva adelante la representación brasileña ante el bloque en Montevideo. En la última reunión del GMC, la instancia técnica, no hubo consenso sobre los regímenes especiales de importación.

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El embajador del Brasil visitó ayer al canciller nacional, Eladio Loizaga, en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores para hablar de la próxima reunión bilateral de monitoreo comercial entre ambos países que se llevará a cabo en Asunción este fin de mes.

La presencia de Felicio en la Cancillería coincidió con la divulgación de que las propuestas comerciales que el Paraguay viene planteando desde hace más de un año no avanzan en el Mercosur, ahora por falta de acuerdo con el Brasil.

Al término del encuentro, ABC Color le consultó al embajador y este recordó, como otras veces, que el tema Mercosur la lleva adelante la representación permanente brasileña en Montevideo, y por tanto, se excusó de opinar. Al insistírsele sobre la cuestión, aseveró que como toda negociación lleva su tiempo y el proyecto de integración en el Mercosur es de largo aliento. El viceministro de Relaciones Económicas e Integración de la Cancillería, Rigoberto Gauto, informó este lunes que en la reunión del Grupo Mercado Común (GMC) llevada a cabo la semana pasada en Brasilia, no hubo consenso con el Brasil sobre las propuestas comerciales en el Mercosur, como sobre los regímenes especiales de importación.

En este contexto, el Paraguay pide la extensión hasta 2025 del régimen para la importación de materias primas para Paraguay, mediante la cual podrá importar insumos con una alícuota del 2%.

Este régimen comercial para materias primas tiene vencimiento el 31 de diciembre de 2016.

El régimen especial de importación es “un tratamiento adoptado unilateralmente por los Estados Partes, que impliquen la exención total o parcial de los derechos aduaneros (Arancel Externo Común) que gravan la importación definitiva de mercaderías cuyo objetivo no sea el perfeccionamiento para posterior exportación de las mercaderías resultantes hacia terceros países, así como los beneficios concedidos al amparo de tales regímenes”.

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