Ejecutivo no publicará leyes militares

El presidente Horacio Cartes no publicará en la Gaceta Oficial las leyes militares relacionadas a la Justicia Militar, tal como ordenó el Senado el 23 de junio pasado, según fuentes consultadas ayer en el Gobierno. El Ejecutivo fue notificado por la Cámara Alta el martes último con un emplazamiento de cinco días hábiles, que se cumple hoy. Sin embargo, el criterio de los asesores de Cartes es que las legislaciones en cuestión ya fueron publicadas en la revista Cerro Corá, en 1981, y que la Constitución de 1967, vigente entonces, solo habla de publicar y no precisamente en la Gaceta Oficial.

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Las leyes, cuyo registro en la Gaceta Oficial fue ordenado por el Senado, son las números: 840 “Orgánica de los Tribunales Militares”, 843 “Código Penal Militar” y 844 “Código de Procedimiento Penal Militar en Tiempo de Paz y de Guerra”. El ministro de Defensa, Diógenes Martínez, sostuvo que la Constitución del 67 no obliga a la publicación de las mencionadas normativas en la Gaceta Oficial. La actual Carta Magna dispone que para que las leyes tengan vigencia deben ser publicadas en la Gaceta Oficial. Ante la negativa del Ejecutivo, el Senado publicará las citadas leyes militares.

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