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El diputado Ramón Romero Roa, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, defendió la aprobación del proyecto de ley “de garantía para las inversiones y fomento a la generación de empleo y desarrollo económico y social”, señalando que era fundamental para la llegada de inversiones al país.
El diputado liberal Juan F. Bogado Tatter dijo que respaldarían el proyecto teniendo en cuenta los objetivos a los que apuntaba, pero advirtió que era una norma más que se le daba al Ejecutivo y hasta el momento no se ven resultados.
También el diputado liberal Dionisio Amarilla cuestionó los incentivos que se establecían y dijo que algunos rozaban la inconstitucionalidad, al abrir la posibilidad de que los inversores puedan comprar dólares a precio preferencial.
La diputada Rocío Casco (Avanza País) y Ramón Duarte (Frente Guasu) también consideraron excesivos los incentivos y cuestionaron que el planteo sea básicamente exonerar del pago de impuestos a las empresas que de hecho son muy bajos.
Uno de los artículos más discutidos fue el 24, que establece que, en caso de litigios, se podrá recurrir a la vía del arbitraje. La disposición fue considerada por diputados de la oposición como una renuncia a la jurisdicción nacional. Sin embargo, la mayoría mantuvo el artículo sin cambios.
El proyecto de ley, que el Ejecutivo considera clave para cumplir su programa de gobierno, establece que serán beneficiarias de la ley las inversiones de capital destinadas a la creación de industrias u otras actividades productivas asentadas en el territorio nacional, cuando ellas contribuyan a la generación de empleo y el desarrollo económico y social de la nación, principalmente, a través de la incorporación de valor agregado a la materia prima paraguaya o importada.
El principal incentivo de esta norma es que dispone la invariabilidad impositiva del impuesto a la renta que grava la actividad desarrollada por la empresa beneficiaria, por un plazo de hasta 10 años. En caso de que la inversión sea superior a los US$ 100 millones, el plazo de invariabilidad del impuesto se puede extender a 20 años.