Derogarán de hecho artículo 189 de la CN, advierten

De asumir en junio el presidente Horacio Cartes y el expresidente Nicanor Duarte Frutos la senaduría activa, se estará derogando de hecho el artículo 189 de la Constitución Nacional, afirmó el integrante de la Comisión del Cumplimiento del tratado de Yacyretá Walter Cardozo.

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AYOLAS, Misiones (Miguel Angel Rodríguez, corresponsal) Walter Cardozo, manifestó que el artículo 189 de la Constitución Nacional, dice claramente que los expresidentes de la República electos democráticamente que no hayan sido destituidos por juicio político, serán senadores vitalicios de la Nación. Esto obliga a Cartes y Duarte Frutos, ambos del Partido Colorado, a ser senadores vitalicios de la Nación, inmediatamente dejado el cargo de Presidente de la República. No le da una alternativa ni opción.

El cargo de senador vitalicio, no es un regalo, sino que se trata de una responsabilidad constitucional que no puede ser derogada por la Corte Suprema de Justicia. Apuntó que el máximo tribunal de Justicia tiene como misión definir las controversia entre personas particulares, y de particulares con el Estado, pero no para imponer su criterio a otro poder del Estado dentro de su área de competencia, apuntó el funcionario.

El artículo 3 de la Constitución Nacional, establece que debe haber equilibrio de poderes y mutuo control, refiriéndose al Ejecutivo, Legislativo y Judicial, destacó Cardozo.

En el caso del expresidente y actual senador Fernando Lugo, dijo el mismo fue sometido a juicio político por mal desempeño de sus funciones, y fue encontrado culpable.

Sin embargo, Cardozo dijo que igualmente la conducta de Lugo es reprochable ya que él y su grupo político se aliaron con Horacio Cartes para intentar violar la Constitución aprobando una enmienda para instalar la posibilidad de reelección presidencial.

Sobre Duarte Frutos, Cardozo señaló que ya en 2008 una mayoría de senadores evitó que el mismo jure como senador activo en contra de lo que establece la Constitución.

Seguidamente Cardozo señaló que es importante tener en cuenta que el pueblo ejerce el poder público por medio del sufragio, el gobierno es regido por los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, en un sistema de separación, equilibrio, coordinación y recíproco control. Ninguno de los poderes puede atribuirse u otorgar a una persona facultades extraordinarias o la suma del poder público, apuntó.

“La resolución con la que se pretende beneficiar inconstitucionalmente a Horacio Cartes y Nicanor Duarte Frutos es de nulidad absoluta e insalvable, amparado en los artículos 137 y 202 de la Constitución Nacional”, señaló el legislador.

Tanto Cartes como Duarte Frutos fueron proclamados senadores electos por el Tribunal Superior de Justicia Electoral en un acto realizado el pasado viernes.

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