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Lourdes Stark Berino narró que meses atrás denunció por nota ante el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) que su vecino, Silvio Heriberto Cáceres González, funcionario designado a la oficina del Registro Electoral de San Roque de Asunción, es en realidad un operador político del PLRA que no presta funciones, que solo trabaja cada cuatro años pero cobra todos los meces un sueldo de G. 2.892.700.
Stark dijo que ahí se inició su suplicio ya que su denuncia primero fue derivada a la directora de Información Pública, Norma Ibarra, quien derivó a la jueza instructora Monserrat Dávalos y esta a su vez a la exjefa de RR.HH. Nilda Romero. Esta última –dijo– blanqueó al funcionario en un informe en que señalaba que el acusado estuvo de vacaciones todo el mes de enero. También acusó de encubrimiento a Eva Galanti, jefa de Cáceres en la oficina del distrito San Roque, sede donde están asignados más de 100 funcionarios pero solo 10 o 20 hacen oficina dentro de una cochera de edificio.
“Llamativamente se le dio de vacaciones en el momento de la investigación, dar de vacaciones a una persona que no va a trabajar es irónico y estúpido”, dijo la ciudadana.
Al temer el encubrimiento interno, la denunciante decidió elevar el caso a la Secretaría Nacional Anticorrupción (Senac), cuya titular es María Soledad Quiñónez Astigarraga, ahí le dijeron que la denuncia “no les corresponde” ya que la institución solo investiga casos que involucren a dependencias del Poder Ejecutivo.
Por otra parte, Cáceres González negó ser planillero o que las denuncias ciudadanas no se investiguen en la Justicia Electoral. Afirmó que tras la denuncia, le abrieron una investigación en la que fue sobreseído (este sumario no figura en un informe oficial remitido al Congreso).
Dijo que incluso denunció por difamación, calumnia y acoso a Stark Berino, a quien acusó de ser una prepotente hija del stronista comandante Stark Coscia, quien todos los días exige a la Policía intervenir el negocio de comidas y bebidas que tiene en su casa.
Quejas y reclamos
La Justicia Electoral cuenta con un código del buen gobierno. En su artículo 24 señala que se atenderán las quejas y reclamos sobre la administración para que sean tramitadas las mismas.