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La normativa, originada en la Cámara de Diputados, busca regular la activación del servicio de telefonía celular a fin de prevenir el uso indebido de identidad por parte de terceros, según indicó el senador colorado Enrique Bacchetta, presidente de la comisión de Legislación.
El senador Eduardo Petta, vocero de la comisión, mencionó los delitos que se cometen desde la cárcel desde aparatos no identificados y también la posibilidad de rastrear los celulares en manos de delincuentes, como el grupo armado EPP.
Según el proyecto, los prestadores del servicio de telefonía móvil deberán exigir al solicitante la presentación de su cédula de identidad vigente o pasaporte y una copia de la misma, además de completar un formulario elaborado para el efecto, que deberá contener los datos personales, la firma, impresión dactilar del pulgar derecho.
Igualmente, el responsable de la comercialización del servicio dejará su impresión dactilar del pulgar derecho en el mismo formulario y firmará con aclaración de firma, entregando luego una copia del formulario al cliente.
Sobre la activación que sea solicitada a través de una tercera persona, la modificación aprobada por los senadores establece que deberá ser autorizada por escrito por el solicitante. Se descartó la obligación de que el pedido deba estar también certificado mediante carta poder por escribano público, como propone el proyecto de la Cámara Baja.
Multa millonaria
Uno de los principales cambios que hizo el Senado se refiere a las multas establecidas por incumplimiento de la ley.
El proyecto de la Cámara Baja establecía multas que van de 3 a 1.000 salarios mínimos (G. 5.472.000 a 182.400.000). La modificación del Senado, establece que la multa mínima será de 100 salarios mínimos (G. 182.400.000) y mantiene la máxima en 1.000 salarios mínimos.