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Según el Código Electoral, el subsidio es la devolución –con justificación y rendición de cuentas– del gasto de campaña proselitista. En esta categoría entran pagos por publicidad, alquileres y otras actividades oficialmente rendidas con facturas por los partidos políticos.
Funcionarios de la Justicia Electoral indicaron que el subsidio deberá calcularse con el 15% (G. 11.775) del jornal mínimo vigente (G. 78.505) por cada voto en el Senado, en Diputados y las Juntas Departamentales. No se cuentan ni se suman los votos obtenidos en la candidatura presidencial, de los gobernadores y parlamentarios del Mercosur.
Según estos cálculos, el Ministerio de Hacienda deberá desembolsar al TSJE G. 67.415.690.100, US$ 12.038.516, para cubrir este gasto, asumiendo que las agrupaciones puedan rendir a totalidad sus gastos. Cada partido recibiría lo correspondiente a su cantidad de votos pero el Movimiento Cruzada Nacional no recibiría monto alguno por ser “movimiento” (ver la infografía). En años anteriores el TSJE y las agrupaciones políticas acordaron recibir el monto en forma fraccionada debido a la falta de disponibilidad financiera del Estado.
Rendición
El viernes último se cumplió el plazo límite para que los partidos y alianzas presentasen su rendición de cuentas al TSJE.
Cumplidos los 10 días hábiles desde la presentación, por primera vez divulgará en su sitio web los documentos arrimados.