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El artículo 15 de la señalada ley establece que “el sistema de elección para el ingreso y promoción en la función pública será el concurso público de oposición”.
Por su parte, el artículo 35 de la señalada ley establece que la promoción del funcionario público solo se realizará “previo concurso de oposición en razón de las calificaciones obtenidas y los méritos, aptitudes y notoria honorabilidad, comprobados mediante evaluaciones periódicas”.
En ninguno de los más de 1.500 casos de aumentos digitados hubo concurso. Los aumentos fueron introducidos directamente por el Congreso durante el estudio del Presupuesto General de la Nación.
El Ministerio de Hacienda detectó los aumentos recién a la hora de preparar los desembolsos para el pago de los haberes de enero de este año.