Constitución del ’92 aumenta instituciones y gastos públicos

Una decena de nuevos organismos, especialmente judiciales, y la consecuente multiplicación de gastos públicos es lo que se observa a 14 años de la vigencia de la Constitución Nacional, sancionada, promulgada y jurada el 20 de junio de 1992. Maltratada y violada, conforme a los vaivenes políticos, actualmente se debate si se la modifica para permitir la reelección presidencial, cuya prohibición se establece tanto en una cláusula transitoria como en un artículo permanente.

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Contraloría, Procuraduría, Defensoría, Fiscalía, de la República, además del Consejo y Jurado de Magistrados, así como el Tribunal Superior de Justicia Electoral y sus organismos auxiliares, al igual que las gobernaciones, son todas instituciones que fueron creadas por la Asamblea Nacional Constituyente de 1992. La idea, conforme rememora uno de los "ciudadanos convencionales", Diógenes Martínez, fue consolidar la democracia. Esto, considerando que el país salía de una dictadura de 35 años (1954-1989).

Sin embargo, como muchos intentos, a decir del mismo entrevistado, casi todos han salido al revés. Estos órganos nacionales que habrían de servir para independizar la justicia, para controlar a los administradores de recursos públicos o para defender al pueblo, han terminado por ser presas de los políticos oportunistas y convertirse estas instituciones en verdaderas despensas para ubicar a sus operadores, parientes y amigos.

Al recordar aquel evento nacional, Martínez menciona una de las peculiaridades. "Tuvimos que decidir, considerando la soberanía plena de la Constituyente, de sancionar, promulgar y jurar, simultáneamente, porque se corría el riesgo de que el presidente Rodríguez (Andrés) no promulgara por la cláusula transitoria que fue incluida". Hacía referencia a la prohibición de la reelección que afectaba al entonces jefe de la revolución del ’89 y sus parientes más cercanos. A más de esa limitación, la flamante ley suprema de la nación establecía que en ningún caso podrán ser reelectos ni el presidente ni el vicepresidente de la República (Art. 229). Según explica Martínez, autor de aquella cláusula, se quería evitar que los presidentes hicieran uso y abuso de los bienes públicos para su campaña, en desmedro de la sana competencia.

A 14 años de la puesta en vigencia, el dirigente republicano admite que la Constitución Nacional tiene algunas deficiencias, pero lamenta que no se haya respetado su espíritu y se le haya sometido a los vaivenes coyunturales.

acantero@abc.com.py
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