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Ovelar declaró el sobreseimiento definitivo de Núñez Salinas en su proceso de declaración falsa para pagar menos impuesto.
El caso tiene que ver con la importación de decodificadores por valor de US$ 1 millón, que se hicieron pasar por ruteadores valorados en US$ 17.000.
El legislador había intentado zafar con una donación de G. 50 millones en un primer momento, pero el entonces juez del caso, Humberto Otazú se opuso.
Finalmente, logró un “blindaje” de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, lo que se tradujo ayer en su blanqueo.
El juez Elio Ovelar explicó que decidió rechazar la acusación que defendió en un primer momento el fiscal Luis Said, quien posteriormente se allanó al sobreseimiento definitivo.
“Decidimos no hacer lugar a la acusación formulada por la Fiscalía Adjunta en atención a lo ya resuelto por la Corte Suprema de Justicia que hace a la declaración de inaplicabilidad de las normas penales, porque esos hechos no son hechos punibles. No puede hacer contrabando cuando se ingresa por Aduanas, eso es bastante claro y es aplicable a cualquier ciudadano de este país”, dijo Ovelar.
El magistrado agregó que cuando intervienen funcionarios aduaneros, como en este caso, el hecho no puede ser calificado como contrabando.
El abogado defensor Milner Núñez hizo hincapié en que el propio representante del Ministerio Público resolvió consentir el sobreseimiento definitivo, tras la exposición de la defensa.
El “blindaje”
El “blindaje” a Núñez Salinas fue cortesía de la Corte, que declaró la inaplicabilidad de los artículos que sancionan el contrabando y la producción de documentos no auténticos.
Lo hizo con votos del exministro Sindulfo Blanco y del camarista civil Carmelo Castiglioni. Se rechazó que haya delito, porque se pagó el impuesto y también la multa correspondiente.
Descartaron la producción
Para concretar el “blindaje” de Carlos Núñez Salinas, la Corte además de decir que se trató de una defraudación porque había “despacho”, desechó la producción de documento no auténtico con la excusa de la dudosa “legalidad”. Se indicó que un documento extranjero no habría sido obtenido por la vía de la Asistencia Mutua en Materia Penal.