CIDH condena a Paraguay por violar la libertad de expresión

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dependiente de la OEA, condenó a Paraguay a pagar 35.000 dólares de indemnización al Ing. Ricardo Canese por violar la libertad de expresión del ex candidato a presidente de la república en el contexto de la campaña política. Canese fue perseguido por la justicia luego de acusar a su oponente Juan Carlos Wasmosy de ser socio de Stroessner en la corrupción de Itaipú.

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La Corte internacional dictó el fallo histórico tras analizar los hechos que llevaron a una persecución judicial de 10 años contra el entonces candidato presidencial Ricardo Canese, quien en el contexto de la campaña política vinculó en 1993 a uno de sus oponentes, el Ing. Juan Carlos Wasmosy, con el derrocado dictador Alfredo Stroessner y lo acusó de ser uno de los saqueadores de Itaipú.

Tras calificar de excesiva e innecesaria la prohibición de salida del país que pesó contra Canese, la justicia internacional afirmó que el ex presidenciable solo ejerció sus derechos, en el contexto de la lucha política, al lanzar acusaciones contra su ocasional adversario en la carrera presidencial.

La CIDH notificó su fallo a las partes el 31 de agosto pasado.

Esta es la primera sentencia emitida por la CIDH contra nuestro país.

El Ing. Canese fue representado ante la CIDH por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL). Esta organización participó como peticionario junto con el Sindicato de Periodistas de Paraguay, el Sindicato de Trabajadores de la ANDE y los abogados Pedro Almada Galeano, Alberto Nicanor Duarte y Carlos Daniel Alarcón.
Corría el año 1993 cuando Canese, candidato a la presidencia de la república, en una serie de declaraciones ante medios periodísticos, denunció públicamente que su entonces oponente político Juan Carlos Wasmosy estaba vinculado en hechos de corrupción en Itaipú con el derrocado dictador Alfredo Stroessner.

Las declaraciones ante la prensa fueron realizadas en el contexto de la contienda electoral para la Presidencia de Paraguay, señala el fallo de la CIDH.

Canese fue víctima de un proceso que se prolongó por más de diez años. Fue condenado por el delito de difamación, pero previa apelación y luego de la presentación de esta demanda ante la Corte, fue absuelto en el año 2002. Durante dicho proceso penal la justicia paraguaya le impidió salir del país casi de manera permanente.
En su sentencia, la Corte condenó al Estado paraguayo por haber violado el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión de Canese, su derecho de circulación, de las garantías judiciales y el principio de retroactividad de la ley.
El Tribunal destacó la importancia de la libertad de expresión para la democracia y para asegurar mecanismos de control de la ciudadanía.
Recalcó que, particularmente en contextos de elecciones, debe protegerse y garantizarse este derecho en el debate político. "Es preciso que todos puedan cuestionar e indagar sobre la capacidad e idoneidad de los candidatos, así como disentir y confrontar sus propuestas, ideas y opiniones de manera que los electores puedan formar su criterio para votar", expresa el fallo de la alta instancia judicial internacional.

Añade que el proceso penal, la condena de Canese y la restricción que le impusieron para salir del país constituyeron una sanción innecesaria y excesiva, además de un medio indirecto para limitar sus derechos.
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