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Por Acuerdo y Sentencia Nº 86 del 19 de diciembre de 2018, los camaristas de Salto del Guairá Gustavo Brítez y Marta Romero, se adhirieron al voto del primer opinante Carlos Domínguez, quien votó por ratificar íntegramente la Sentencia Definitiva Nº 113 del 19 de diciembre de 2017, por la cual Acosta Marques fue condenado a 29 años de prisión, más otros 10 años como medida de seguridad.
Los miembros del Tribunal de Alzada argumentaron que el Tribunal de Sentencia ha realizado las apreciaciones y ha valorado, en particular y en conjunto, las pruebas reproducidas en juicio, habiendo llegado a conclusiones razonadas conforme a los términos y el relato fáctico del fallo que fue analizado en segunda instancia.
Acerca de la participación de Acosta Marques en el crimen del periodista de nuestro diario Pablo Medina, los camaristas indican que con base a las pruebas arrimadas en el juicio oral, no se puede dudar acerca de la participación del condenado en su carácter de instigador del crimen.
Con relación a la aplicación de las medidas de seguridad, el Tribunal de Alzada argumentó que el Tribunal de Sentencia aplicó razonablemente dicho instituto. “Vilmar Acosta Marques tiene una alta probabilidad de volver a cometer este tipo de hechos en el futuro, de acuerdo con los antecedentes del condenado”, refiere parte del fallo.
Medina fue asesinado a tiros el 16 de octubre de 2014 en una emboscada, en Villa Ygatimí, Canindeyú, donde también murió su acompañante Antonia Almada.