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El exparlamentario y constitucionalista mencionó que la Carta Magna, al establecer una mayoría calificada para aprobar la pérdida de investidura “crea por ley algo que la Constitución no establece”.
El pasado miércoles se sancionó en el Congreso el proyecto de ley que reglamenta el Art. 201 de la pérdida de investidura, elevando la cantidad de votos que se requieren para expulsar a un parlamentario. En Diputados, se requerirá de 41 votos, mientras que en el Senado de 23 votos.
Estigarribia consideró que el Ejecutivo tiene que vetar esta ley reglamentaria del Art. 201 de la Constitución por inconstitucional . Añadió que en caso de que el Ejecutivo la promulgue podría plantearse una acción de inconstitucionalidad y, si no lo hace el presidente lo puede hacer el defensor del pueblo.
Señaló que hasta ahora la Defensoría del Pueblo nunca cumplió ese rol, pero que podría hacerlo. “Es un tema no reglamentado, pero por la defensa de los intereses difusos y como comisionado legislativo y por las funciones que tiene en la Constitución podría plantear”, enfatizó.
Por su parte, el exsenador liberal Miguel Abdón Saguier había señalado que los parlamentarios usurparon funciones de los constitucionalistas al sancionar un proyecto de ley que viola claramente el Art. 185 de la Constitución Nacional. En dicho artículo se dispone que, en caso de no establecerse una mayoría especial, se aplicará la mayoría simple, es decir la mitad más uno de los presentes en cada Cámara.
En la Cámara de Diputados están en la mira para una posible sanción legisladores como Carlos Portillo (PLRA), acusado por el delito de tráfico de influencias; Tomás Rivas (ANR, cartista), imputado por estafa al Estado y otros delitos en el caso “caseros de oro”.
También están investigados por la justicia, el presidente de la Cámara Baja, Miguel Cuevas (ANR, Añetete), que enfrenta un proceso por los supuestos delitos de enriquecimiento ilícito, lavado de dinero y lesión de confianza. Asimismo, el diputado Esteban Samaniego (ANR, Añetete), investigado por lesión de confianza cuando era intendente de Quyquyhó.
No hizo falta la reglamentación
La pérdida de investidura que establece el artículo 201 de la Constitución se aplicó en tres oportunidades en el Senado, sin que existiera reglamentación. Simplemente, se aplicó lo establecido en la Carta Magna. Los afectados fueron Óscar González (ANR-HC), en el anterior periodo legislativo, Víctor Bogado (ANR-HC) y, recientemente, Dionisio Amarilla (PLRA-llanista). En los tres casos se registro un número de votos que superó ampliamente la mayoría absoluta que ahora establecieron por ley en el Congreso, pese a que la Constitución no habla de una mayoría calificada.