Cargando...
Solo algunos ejemplos como muestra. La Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables emitió la Disposición 1108/13 (octubre del año pasado), que prohíbe el trasbordo de mercaderías argentinas en puertos uruguayos.
La Prefectura Naval Argentina sacó la Resolución 01/13 (noviembre del mismo año), por la cual impone restricciones a las dimensiones máximas de los convoyes de barcazas en navegación hacia el puerto (uruguayo) de Nueva Palmira.
La Dirección General de Aduanas (de Buenos Aires) emitió en diciembre del 2011 una notificación por la que determina que en todas las terminales portuarias argentinas, todo contenedor con transbordo a Paraguay debe necesariamente ser escaneado, antes de la autorización de transbordo, aclarando –además– que en caso de que el resultado del escaneo arrojase “contenidos sospechosos”, la carga deberá ser retenida por Aduana, para su respectiva verificación sobre el escaneo de contenedores.
Por su lado, la Dirección General de Aduanas (de Resistencia) publicó en febrero del presente año la Notificación Nº 052/14, sobre anticipo de documentación e intervención de convoyes fondeados o amarrados en tránsito. También en febrero pasado, la Dirección General de Aduanas (de Rosario) difundió la Notificación 025/14, sobre anticipo de documentación de los buques y convoyes, antes de su ingreso a aguas argentinas.
En marzo, la Dirección General de Aduanas (de Pilcomayo) lanzó el Acta 23/14, por la cual deniega autorización para hacer búnker (combustibles). Estos son solo algunos de los maltratos a los buques con bandera paraguaya.