Analizan acciones ante denuncia

El concejal Martín Arévalos, del Comando Capital del Movimiento Colorado Añetete, señaló que la denuncia de traslado de votantes de Chaco’i a Asunción será analizada por los apoderados del sector. Uno de los apoderados del movimiento es el abogado Juan Ernesto Villamayor.

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“Estamos analizando, lastimosamente terminó el tiempo de tachas y reclamos y habría que ver qué dicen los apoderados en particular”, indicó.

Hay un equipo

El edil disidente manifestó que tienen conocimiento de que en la Capital “hay un equipo que suele hacer ese tipo de trabajo de traslados masivos”, aunque no precisó el sector o movimiento al cual pertenecerían.

Arévalos opinó que este tipo de prácticas “desnaturalizan” las elecciones de autoridades, ya sean diputados o concejales.

“Hay un equipo que lo suele hacer, es decir, traer a Capital votos de Central, de municipios cercanos. Realmente es descabellado plantear eso, porque cuántos votos hay en Asunción, que lo que se tendría que hacer es trabajar sobre este electorado, porque tanto esfuerzo y tanto dinero llevaría traerlos, hacerles votar. Normalmente esta gente que les trae, les paga para que voten por sus candidaturas. Realmente hay que tener muchos recursos económicos como para hacer votar así a miles de personas”, dijo.

Agregó que el hecho de recurrir a este tipo de prácticas responde a que los trasladados no están involucrados en la campaña política de los candidatos de Asunción, entonces “es un voto seguro para ellos”, indicó, al tiempo de señalar que “es difícil ganar esos votos”, refiriéndose a los residentes de la Capital. 

La denuncia de traslados de votantes tendría como objetivo apuntalar la candidatura a diputado del edil cartista Hugo Ramírez y del cooperativista Juan Carlos Ozorio. 

Código Electoral

La Ley 834/96, del Código Electoral Paraguayo, en su artículo 131, De la inscripción, expresa: “A los efectos de este Código, se entiende por domicilio o vecindad la residencia habitual del elector, de conformidad con las reglas establecidas en el Código Civil. La constancia de residencia será otorgada por el juzgado de paz local”.

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