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En su escrito el abogado pide que en el lapso de 24 horas la empresa telefónica remita lo requerido, bajo el apercibimiento que de no hacerlo, se enviarán los antecedentes al Ministerio Publico para que se inicie un proceso por desacato y obstrucción a la persecución penal. Peticiona además que de persistir la empresa Personal a negarse a dar los datos requeridos, se le advierta que sus oficinas serán allanadas para recabar los datos, dice el escrito.
El juez Hugo Sosa Pasmor le dio trámite a lo requerido y enviará el oficio a la empresa Personal.
La empresa en cuestión el pasado 12 de enero envió un informe al juzgado en el que señalaba que del listado de números de teléfonos solo dos están registrados en esa empresa de telefonía.
Pero la telefónica no informó sobre el extracto de llamadas entrantes y salientes. Alegó que ya pasaron seis meses, plazo establecidos en la Resolución 1350/02 de la Conatel para guardar los datos.
El abogado Duarte señaló que eso no quiere decir que no cuenten con los datos que se les pidió y la orden judicial era muy clara al respecto.