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El proyecto de pérdida de investidura, en base al artículo 201 de la Constitución, señala que es de público conocimiento la conducta desplegada por la imputada senadora Bajac (PLRA) que pidió al Senado el pago de pasajes y viáticos para asistir a un encuentro sobre “Transformación Sobrenatural de las Naciones” del 16 al 20 de marzo, pero finalmente fue a un encuentro evangélico en Perú. De esta manera, incumplió la finalidad de lo solicitado, dice el escrito.
Además, al retornar del viaje, tampoco cumplió con el aislamiento preventivo dispuesto por el Gobierno como parte de la emergencia sanitaria. Agrega el documento que la senadora, al final de su periodo de cuarentena, presentó síntomas de la enfermedad del covid-19, motivo por el cual se realizó el análisis de laboratorio el 31 de marzo. Pese a los síntomas y sin tener el resultado, hizo uso indebido de su investidura, desoyó la recomendación del personal sanitario de permanecer en su domicilio y violó la cuarentena.
La acusación dice que la actitud de Bajac, por el efecto multiplicador del contagio, puso en riesgo a todo el Congreso, a varios parlamentarios, trabajadores de prensa y a funcionarios en general. Inclusive, su conducta motivó el cierre de la sede legislativa así como comercios y entidades financieras que ella recorrió, pese a conocer su condición.
Como prueba de su conducta, el documento transcribe el informe del Ministerio de Salud que ratifica que la prueba a la que fue sometida la senadora en laboratorio tuvo resultado positivo. Aclara que exámenes posteriores pueden resultar negativos por dificultades técnicas o por encontrarse ya al final del proceso infeccioso.
La aclaración de dicho Ministerio se debe a que Bajac se realizó posteriormente otro examen que le dio negativo. El mismo laboratorio que realizó el examen aclaró que es falso que el resultado negativo signifique que no estuvo infectada.
El proyecto de resolución lleva la firma de Hermelinda Alvarenga (PLRA), Esperanza Martínez (FG), Desirée Masi (PDP), Georgia Arrúa (PQ), Carlos Filizzola (FG), Pedro Santacruz (PDP), Fidel Zavala y Stephan Rasmussen, ambos del PQ. Ningún colorado suscribió la nota.
Hay votos necesarios
Para aprobar la pérdida de investidura de un legislador es suficiente una mayoría simple de votos, es decir, la mitad más uno de los presentes en la sesión, con base a lo que establece el artículo 201 de la Constitución Nacional.
En el Senado, en caso de estar presentes los 45 miembros, se necesitarán 23 votos. Dado que el artículo 201 no establece una mayoría calificada, rige lo establecido en el artículo 185 de la misma Carta Magna que dice que en esos casos las decisiones se tomarán por simple mayoría. De esta misma manera ya se obró en otros casos.