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El abogado de Quintana hace un relato de su caso judicial en el que está acusado y con pedido de juicio oral por lavado de dinero y asociación criminal, y señala que está injustamente privado de libertad, ya que no existe peligro de fuga, tampoco obstrucción a la investigación y apunta que tiene arraigo.
En otra parte el acusado diputado que representa al Alto Paraná dice que la garantía constitucional está dada para reparar el acto ilegítimo cometido por cualquier agente público o privado y señala que él está padeciendo una situación en la que sus derechos están siendo violentados.
“Mi privación de libertad no solo es arbitraria por su absoluta falta de justificación, sino que además, nos encontramos en un estadio procesal en el que por razones extrañas a mi defensa técnica, la causa se encuentra en un estado de estancamiento procesal, paralizada totalmente, así que por cada mes que pasa esta medida preventiva va convirtiéndose en una pena anticipada”, apunta el legislador, olvidando que con las chicanas que fue presentado a lo largo del proceso también fue alargando el avance de su proceso.
Segunda vez
Esta es la segunda vez que el acusado diputado Quintana presenta un habeas corpus para tratar de lograr su libertad. La primera vez se dio el 6 de febrero de 2019, cuando el abogado Álvaro Arias presentó la garantía constitucional pidiendo la libertad del diputado.
Sin embargo el 11 de febrero de 2019, la Sala Penal de la Corte, integrada por los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y Gladys Bareiro de Módica, rechazó el pedido.
“Que es oportuno recordar que la Sala Penal no puede erigirse como una tercera instancia y fungir de órgano jurisdiccional revocador de resoluciones judiciales de jueces naturales, a quienes la ley procesal penal les ha conferido competencias para dictar resoluciones. En este sentido, la privación que soporta Ulises Quintana no es ilegal”, decía una parte del fallo por el cual se rechazó el habeas corpus, que ahora es planteado ante el mismo órgano por segunda vez.
LA GARANTÍA NO SE APLICA A ESTE CASO
El hábeas corpus reparador está previsto en el artículo 133 de la Constitución Nacional y se solicita ante la Corte Suprema de Justicia en casos donde se dan arrestos arbitrarios y para garantizar la libertad personal del individuo. La garantía constitucional se emplea para impedir abusos de parte de autoridades y de esa manera evitar privación ilegal de las personas. En el caso del acusado diputado Ulises Quintana (ANR, Añetete), su defensa señala que la prisión del legislador es injusta, pero en un fallo anterior la Sala Penal de la Corte ya dejó en claro que la garantía constitucional invocada no se aplica a su caso y que está siendo llevado de manera legal.