Fiscal insiste en que Cámara se extralimitó en caso Cucho

El fiscal adjunto Marco Alcaraz expresó que el Tribunal de Apelaciones, que declaró inexistente la acusación contra Reinaldo “Cucho” Cabaña y el diputado colorado Ulises Quintana, resolvió sobre algo que no se cuestionó. La Cámara se extralimitó en su competencia, según el jefe antidrogas que recurrió a la Corte.

Marco Antonio Alcaraz, fiscal adjunto de la Unidad Antidrogas, promovió una inconstitucionalidad contra el fallo de la Cámara.
Marco Antonio Alcaraz, fiscal adjunto de la Unidad Antidrogas, promovió una inconstitucionalidad contra el fallo de la Cámara.

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Alcaraz refirió que el Tribunal de Apelaciones, Primera Sala, se extralimitó en su competencia, porque resolvió sobre lo que no se pidió, decidió sobre el escrito de acusación que no estaba impugnado.

“La Cámara resolvió erróneamente aplicar el artículo 139 del Código Procesal Penal extralimitándose en su competencia, porque ese trámite está previsto solo si la fiscalía no presenta acusación, lo no ocurrió así en este caso. La acusación presentada por el Ministerio Público reúne todos los presupuestos exigidos en el artículo 347 del Código Procesal Penal y no es el Tribunal el que debe valorar eso sino el juez Penal de Garantías. Esta es otra extralimitación del Tribunal”, explicó el fiscal adjunto.

Según el jefe de la Unidad Antidrogas, el Tribunal de Apelaciones solo debería haberse expedido sobre la prórroga para la remisión material de evidencias. “Hasta ahí llegaba su competencia. Todo lo demás fue extralimitación que peca de inconstitucional. El tribunal confunde, mezcla y unifica dos cosas totalmente distintas, el ofrecimiento de pruebas, que se hizo en el escrito de acusación, con la remisión material o física de las evidencias, que son actos distintos. El Ministerio Público ofreció todas las pruebas en el escrito de acusación, la jueza fijó un plazo distinto para que se remitan materialmente las pruebas, que son dos cosas distintas”, enfatizó Alcaraz.

Para el fiscal adjunto la Cámara se contradice. “Al reconocer la facultad del juez inferior de disponer un plazo judicial para la remisión de las evidencias, también está reconociendo, implícitamente, que la remisión es un acto procesal distinto a la presentación del escrito de acusación”, agregó.

Alcaraz dijo que por estas razones promovió la acción de inconstitucionalidad contra la decisión de la Cámara y la Corte ya suspendió los efectos de la resolución como medida de urgencia.

Antecedentes

Los antecedentes revelan que la Cámara de Apelaciones, Primera Sala, con los votos de los camaristas Pedro Mayor Martínez y Gustavo Santander, revocó una resolución de la jueza Alicia Pedrozo, en el proceso abierto por narcotráfico y otros hechos punibles a Javier Cucho Cabaña. En la causa también está incluido el diputado colorado de Añetete Ulises Quintana, quien fue acusado por asociación criminal en tráfico de drogas y lavado de dinero.

La magistrada Pedrozo había concedido una prórroga a la fiscalía, para que presente los elementos de pruebas que acompañan la acusación en el sonado caso.

Sin embargo, las defensas de los acusados apelaron la resolución de la magistrada y la Cámara declaró inexistente la acusación y dispuso la remisión del expediente a la Fiscalía General del Estado para que presente la acusación junto con las pruebas señaladas en el escrito.

Recomendó establecer plazo

El camarista Gustavo Ocampos no estuvo de acuerdo con el trámite de la remisión del caso a la Fiscalía General del Estado, debido a que el fiscal presentó la acusación. Agregó que no se observa agravio alguno a la posterior presentación de la carpeta fiscal. Votó por declarar inadmisible el recurso y recomendó a la jueza Pedrozo que establezca un plazo al Ministerio Público para la presentación de la pruebas.

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