Sancionan ley que establece multas por los ruidos molestos

Los diputados sancionaron por amplia mayoría el proyecto que regula la emisión de ruidos, con las modificaciones que fueron introducidas en la Cámara de Senadores.

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La propuesta define como transgresiones a quienes generen ruidos en locales comerciales, establecimientos, recintos privados, domicilios particulares, por vehículos y “por otras fuentes o sujetos”.

Menciona como sanción una multa de 5 a 50 jornales mínimos (de G. 421.700 a G. 4.217.000), suspensión para funcionar hasta seis meses y la inhabilitación en caso de reincidencia. No especifica qué es lo que se inhabilitará en el caso de los vehículos y residencias particulares. Lo recaudado se debe destinar solo a programas sobre el impacto de los ruidos y la prevención.

Cada comisaría del país deberá contar con un equipo de medición de ruido calibrados por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).

De promulgarse dicha norma por el Poder Ejecutivo, quedará derogada la Ley N° 1.100 de Polución Sonora, que pese a ser de 1997, establece más especificaciones y límites en los decibeles del sonido considerados dañinos para el ser humano.

La propuesta sancionada generaliza el concepto de ruido como “todo sonido que por su intensidad, duración o frecuencia, supere los niveles fijados como máximos permitidos por normas técnicas de la autoridad de aplicación y que por ello causen molestias, perturbación, perjuicio o daño al bienestar o a la salud de las personas o de otros seres vivos, a bienes públicos, privados o al ambiente”.

Si bien la norma vigente otorga facultades a la Policía y a las Municipalidades para intervenir en casos de denuncias de ruidos molestos, así como a la Dirección Nacional de Aeronáutica (Dinac) con respecto a los aviones, lo aprobado en el Congreso deja como únicos responsables a los municipios y a la policía, en el caso de que el ruido se produzca en la vía pública o en un domicilio.

Con la Ley 1.100 se establecen niveles y las fuentes de sonidos para todo el país, sin embargo, la sancionada deja en manos de las municipalidades fijar los estándares, categorías y fuentes de emisión permitidas, los niveles sonoros permitidos, entre otras funciones, según lo que establece la Carta Orgánica Municipal.

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