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El director general de la Unidad de Derechos Humanos de la Cancillería, Marcelo Scappini, confirmó ayer que este viernes 6 de setiembre el Estado paraguayo comunicará la decisión a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) de ir a juicio en el caso Bonifacio Ríos Ávalos.
El exmagistrado fue destituido de la Corte Suprema de Justicia en el 2003 mediante juicio político. Ríos Ávalos demandó al Estado ante la CIDH. Pide reintegrarse al cargo o indemnización.
La Cancillería anunció que litigará ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), instancia en la que ratificará su posición de que la destitución se dio en estricto cumplimiento de lo establecido en la Constitución Nacional y las leyes en el caso.
La decisión del Estado paraguayo se resolvió este lunes último en una reunión que se realizó en la sede de la Cancillería y fue presidida por el ministro de Relaciones Exteriores, Antonio Rivas Palacios. Participaron el presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Eugenio Jiménez; el ministro de la CSJ, Manuel Ramírez Candia; el procurador general Sergio Coscia; el senador Enrique Bacchetta (ANR, Añetete), y la diputada Esmérita Sánchez (PLRA, efrainista), entre otros.
Antecedentes
Ríos Ávalos y Carlos Fernández Gadea (fallecido), fueron destituidos de la Corte el 12 de diciembre de 2003 por juicio político. Denunciaron la violación de sus garantías procesales y protección judicial, alegatos que fueron admitidos por la CIDH, no así el reclamo de la violación de su protección a la honra.
Habían radicado la demanda en abril del 2004 ante la CIDH, alegando supuesto atentado contra la independencia del Poder Judicial.
La denuncia fue admitida en marzo de 2009, pero el Paraguay rechazó una solución amistosa. Ahora, tras diez años, la CIDH realizó su informe de fondo, donde encontró que existió la violación de la independencia del Poder Judicial.
Anularon el juicio político
El lunes pasado se conoció la decisión del recurso de aclaratoria planteado por Bonifacio Ríos Ávalos sobre la sentencia N° 941 de fecha 30 de diciembre del 2009, que ordenaba la reposición a su cargo de ministro, destituido el 13 de diciembre de 2003 por la Cámara de Senadores. La Sala Constitucional integrada por el ministro Manuel Ramírez Candia, por los camaristas Cristóbal Sánchez y Antonia López indicaron que las costas deben ser pagadas en el orden causado, es decir por el accionante Ríos Ávalos y por el demandado, el Senado.