Cargando...
Los camaristas Gustavo Santander, Bibiana Benítez y Pedro Mayor Martínez rechazaron el recurso que plantearon las abogadas del imputado exsenador Óscar González Daher y su hijo, el concejal con permiso de Luque Rubén González Chaves (ambos, cartistas). Los encausados pretendían la prescripción de la acción penal por supuesto enriquecimiento ilícito, lavado de dinero y declaración falsa.
Con esta resolución, los camaristas confirmaron la disposición que el 3 de mayo pasado dictó el juez penal de Garantías Humberto Otazú.
La defensa señalaba que, en el hecho punible de enriquecimiento ilícito, el Ministerio Público solo está habilitado para investigar hechos y circunstancias entre el 23 de agosto de 2008 y el 14 de setiembre de 2018. En el caso de lavado de dinero y declaración falsa, solo se puede investigar el periodo comprendido entre el 23 de agosto de 2013 y el 23 agosto de 2018.
El magistrado Otazú rechazó este incidente, y la defensa apeló la resolución. Ahora la Cámara vuelve a hacer un estudio de lo dispuesto por el juez y señala que “lo pretendido por la defensa en el sentido de exigir el pronunciamiento prescriptivo a los hechos acontecidos con anterioridad a los marcos temporales arriba citados resultan absolutamente intempestivos, en razón de que esto solo podría producirse como derivación de una investigación que afecte a los citados en lapsos de tiempo, lo cual no acontece en autos”.
“El límite jurídico temporal concreto del ius operandi estatal expresado en la ley penal, como también para investigar, ha sido identificado plenamente por la fiscalía a los fines de dar precisión, certidumbre y previsibilidad a los justiciables sobre por cuanto se extiende la pretensión estatal de perseguir. Por lo tanto, si la misma entidad punitiva del Estado, representada por el Ministerio Público no le genera interés de persecución, entonces mal podría constituir un agravio para la defensa”, agregan los camaristas.
Finalmente, los miembros de la cámara resolvieron rechazar el recurso planteado por la defensa de los dos procesados y se confirmó la resolución del juez del caso Humberto Otazú. Esto indica que el exsenador y su hijo siguen procesados por los tres delitos y continúan presos en la Agrupación Especializada de la Policía.
Por su parte, el Ministerio Público tiene hasta el 24 de setiembre para presentar su escrito de acusación en este caso, ya que, debido a la cantidad de chicanas que presentó la defensa de los dos imputados, se pidió una prórroga para seguir investigando el caso.
Inmobiliaria movía millones
Este caso se inició luego de que la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad) detectara que la inmobiliaria Príncipe Di Savoia estaba moviendo millonarias sumas de dinero. El entonces fiscal René Fernández solicitó el allanamiento de la empresa y terminaron en la casa de Óscar González Daher, ahí cayeron en la cuenta de que la firma era de maletín y sus directivos eran el exsenador y su hijo, por lo que fueron imputados y presos.