Cargando...
Por Auto Interlocutorio 01 del 1 de febrero pasado, los camaristas Pedro Mayor Martínez, Gustavo Santander y Gustavo Ocampos ratificaron la prisión de Quintana. En la resolución, enfatizaron que siguen latentes los peligros de fuga y de obstrucción a la investigación del Ministerio Público por parte de Quintana.
En cuanto al peligro de fuga, los magistrados sostuvieron que los tipos penales atribuidos al legislador, las penas que le correspondería en caso de ser hallado culpable y las facilidades para abandonar el país en caso de que el mismo no estuviere privados de su libertad, “no nos permiten considerar medidas diferentes a la prisión preventiva”.
Agregaron que “se suma” a los fundamentos de fuga, los riesgos de obstrucción alegados por la fiscalía. Resaltaron que ese peligro de obstruir la investigación “está inmerso en la naturaleza misma del hecho punible de tráfico de influencias, que pondría en riesgo los actos de investigación que vinculen a funcionarios públicos de rangos diversos, lo que denota los riesgos procesales que ameritan la prisión preventiva, a lo que se suma el carácter del cargo y la influencia que desde el mismo pueda ejercer”.
Mayor Martínez, Santander y Ocampos fueron categóricos en su argumento para ratificar la prisión preventiva de Quintana en la cárcel militar de Viñas Cue.
Los mismos magistrados son los que analizan ahora la resolución de la jueza Magdalena Narváez, que revocó la prisión de Ulises y ordenó su libertad ambulatoria.
La magistrada solo analizó el peligro de fuga y dijo que el mismo desapareció, porque el legislador demostró su arraigo. Sin embargo, el hecho ya fue alegado cuando los camaristas Mayor, Santander y Ocampos confirmaron la prisión en febrero pasado.
La jueza Narváez no analizó el peligro de obstrucción de la investigación por parte de Ulises. Este hecho le cuestionó la fiscala Lorena Ledesma en la apelación del fallo que revocó la prisión.
Luego de que Quintana recuperó su banca, el riesgo de que obstruya la investigación se fortalece, ya que como dijeron los camaristas en febrero pasado, hay peligro de que desde el mismo pueda ejercer su influencia.
Hecho de narcotráfico
Los camaristas Santander y Ocampos, además sostuvieron que la imputación a Quintana por narcotráfico en carácter de cómplice tendría sustento en las grabaciones de las conversaciones con Javier “Cucho” Cabaña, que fueron realizadas por orden judicial y que revelan la liberación de US$ 190.000 que fueron retenidos en un puesto policial cerca de Coronel Oviedo, en agosto de 2018.
Para los camaristas estaban reunidos lo requisitos establecidos en el artículo 242 del Código Procesal Penal: 1) que existan elementos de convicción suficientes sobre la existencia de un hecho punible grave; 2) sea necesaria la presencia del imputado y existan hechos suficientes para sostener, razonablemente, que es autor o partícipe de un hecho punible; y, 3) cuando por la apreciación de las circunstancias del caso particular, existan hechos suficientes para suponer la existencia de peligro de fuga o la posible obstrucción por parte del imputado de un acto concreto de investigación.
¿Ha variado esta situación? Para el Ministerio Público no cambió absolutamente nada, por lo que apeló la decisión de la jueza Narváez y pidió que Quintana vuelva a la prisión de Viñas Cue.
Imputación por varios hechos
El Ministerio Público había imputado al diputado Ulises Quintana por los hechos punibles de tráfico de droga (cómplice), tráfico de influencias, enriquecimiento ilícito, lavado de dinero y asociación criminal.
En menos de dos meses, la Fiscalía tiene que presentar su requerimiento conclusivo. La hipótesis a demostrar es que con los US$ 190.000 que fueron liberados, mediante la intermediación de Quintana, se compró droga en Asunción que luego cayó en procedimiento en Brasil.