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El preopinante fue Rienzi, a cuya postura se adhirió Blanco. El 22 de marzo de 2004, Duré fue condenado al comprobarse el perjuicio de G. 1.400 millones causado a la ANDE con la compra de divisas por un valor superior a la cotización vigente en el mercado, realizadas entre 1999 y 2000.
"Entiendo justo y adecuado reducir la pena privativa de libertad impuesta al condenado, fundamentalmente porque el exceso punitivo no constituye aspiración de equidad y de ecuanimidad; y las circunstancias antes señaladas conjugan elementos favorables muy especiales en la presente causa, obviamente todo ello sin modificarse el criterio sustentado por el juzgador en relación con los elementos constitutivos -objetivos y subjetivos- del delito acreditado en autos", manifestó Rienzi al hacer una forzada interpretación para favorecer a Duré.
"Entiendo justo y adecuado reducir la pena privativa de libertad impuesta al condenado, fundamentalmente porque el exceso punitivo no constituye aspiración de equidad y de ecuanimidad; y las circunstancias antes señaladas conjugan elementos favorables muy especiales en la presente causa, obviamente todo ello sin modificarse el criterio sustentado por el juzgador en relación con los elementos constitutivos -objetivos y subjetivos- del delito acreditado en autos", manifestó Rienzi al hacer una forzada interpretación para favorecer a Duré.