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Sin embargo, tres días después de dictar el fallo, Alicia Pucheta, Sindulfo Blanco y Luis María Benítez Riera anularon su propia decisión, porque la ministra se "percató" de que se inhibía de uno de los abogados.Este caso evidencia como en la propia Corte, en forma grosera, se dilatan los casos y se manejan los expedientes en forma sospechosa.
El 24 de junio pasado, por Auto Interlocutorio N° 1233, Pucheta, Blanco y Benítez Riera confirmaron la resolución número 47 del 27 de marzo de 2007 del Tribunal de Cuentas, por la cual se declaró la caducidad de instancia.
El Tribunal archivó la demanda promovida por Osni Mucellin Arruda contra la resolución de Aduana, que confirmó una multa de G. 430.019.100 a la firma Flytec Computers por contrabando. Mucellin Arruda recurrió ante la Sala Penal, que después de cuatros años confirmó la determinación del Tribunal de Cuentas.
El expediente estuvo "congelado" en la Sala Penal, que sus integrantes siempre dicen que están "al día con los expedientes".
En este caso, un "expediente de cajón", en donde el Auto Inerlocutorio tiene una página, sacaron nada menos que en cuatro años.
Lo peor, que luego de 3 días de dictado el fallo, la doctora Pucheta se percató que tenía que apartarse del caso porque tiene causales de inhibición con el abogado Rigoberto Fernández Traversi, que patrocinó el escrito que se presentó ante la Corte.
"En estas condiciones, corresponde a esta Excelentísima Corte, Sala Penal, declarar de oficio la nulidad del Auto Interlocutorio N° 1187 del 24 de junio de 2011", señalaron los ministros.
La dilación y la falta de atención de los integrantes de la Sala Penal causan un enorme perjuicio al Estado, que no puede cobrar la millonaria multa a la firma en cuestión por contrabando.
Ahora se tendrá que integrar la Sala Penal con otros miembros de la Corte, ya que los tres ministros citados preopinaron en la causa.
¿Tardará otros cuatro años la Corte para resolver este expediente de cajón? Mientras, el Estado no podrá reclamar nada a la empresa condenada, ya que sigue pendiente la acción que promovió ante la Sala Penal.
La nulidad se declaró, según los ministros, "a los efectos de precautelar y garantizar todos los derechos conferidos a las partes, establecidos en la Constitución Nacional".
Sin embargo, una vez más el Estado seguirá aguardando que la máxima instancia falle para poder exigir el pago de la multa.
El 24 de junio pasado, por Auto Interlocutorio N° 1233, Pucheta, Blanco y Benítez Riera confirmaron la resolución número 47 del 27 de marzo de 2007 del Tribunal de Cuentas, por la cual se declaró la caducidad de instancia.
El Tribunal archivó la demanda promovida por Osni Mucellin Arruda contra la resolución de Aduana, que confirmó una multa de G. 430.019.100 a la firma Flytec Computers por contrabando. Mucellin Arruda recurrió ante la Sala Penal, que después de cuatros años confirmó la determinación del Tribunal de Cuentas.
El expediente estuvo "congelado" en la Sala Penal, que sus integrantes siempre dicen que están "al día con los expedientes".
En este caso, un "expediente de cajón", en donde el Auto Inerlocutorio tiene una página, sacaron nada menos que en cuatro años.
Lo peor, que luego de 3 días de dictado el fallo, la doctora Pucheta se percató que tenía que apartarse del caso porque tiene causales de inhibición con el abogado Rigoberto Fernández Traversi, que patrocinó el escrito que se presentó ante la Corte.
"En estas condiciones, corresponde a esta Excelentísima Corte, Sala Penal, declarar de oficio la nulidad del Auto Interlocutorio N° 1187 del 24 de junio de 2011", señalaron los ministros.
La dilación y la falta de atención de los integrantes de la Sala Penal causan un enorme perjuicio al Estado, que no puede cobrar la millonaria multa a la firma en cuestión por contrabando.
Ahora se tendrá que integrar la Sala Penal con otros miembros de la Corte, ya que los tres ministros citados preopinaron en la causa.
¿Tardará otros cuatro años la Corte para resolver este expediente de cajón? Mientras, el Estado no podrá reclamar nada a la empresa condenada, ya que sigue pendiente la acción que promovió ante la Sala Penal.
La nulidad se declaró, según los ministros, "a los efectos de precautelar y garantizar todos los derechos conferidos a las partes, establecidos en la Constitución Nacional".
Sin embargo, una vez más el Estado seguirá aguardando que la máxima instancia falle para poder exigir el pago de la multa.