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El doctor Encina Marín afirmó que la resolución del Tribunal agravia de manera irreparable a su mandante Félix Quintana, dueño de Mundy Recepciones, porque le niega a él, como nuevo apoderado, la posibilidad de intervenir directamente en el proceso tramitado ante la Cámara. El Tribunal alega que el mandato conferido por mi instituyente a Aníbal Sánchez Bejarano es irrevocable de conformidad a lo previsto en el artículo 916, segundo párrafo del Código Civil. En consecuencia, el reconocimiento de personería que solicité no fue admitido, resaltó el letrado en su presentación.
Mi parte impugna concretamente la resolución dictada por el Tribunal, en cuanto dispone rechazar la petición de reconocimiento de personería, por considerar que tal decisión colisiona frontalmente con disposiciones legales del Código Procesal Civil y además porque los fundamentos esgrimidos denotan una inocultable arbitrariedad, ante tan patente contradicción al derecho, señaló Encina Marín en su escrito a la Corte.
Sostuvo que los miembros del tribunal Basilicio García, Arnaldo Martínez Prieto y Eusebio Melgarejo Coronel se excedieron en su competencia al resolver sobre una cuestión que no le fue expresamente propuesta en grado de apelación. Lo más grave y que bochornosamente denota el manifiesto exceso e ilegalidad del pronunciamiento es que los magistrados se valieron de documentos agregados furtivamente y fuera del trámite procesal de los recursos, que justamente habilitaron la competencia del tribunal, agregó el penalista.
Encina Marín insistió en su presentación que los camaristas se excedieron en su competencia al decidir sobre una cuestión contenciosa entre Mundy de Félix Quintana y Aníbal Sánchez Bejarano, respecto a la revocabilidad o no del poder general amplio con cláusulas especiales otorgado por Quintana a Sánchez.
Agregó que García, Melgarejo Coronel y Martínez Prieto, en forma vana y estéril, pretendieron justificar el claro exceso al que incurrieron al señalar en la resolución que ...si bien es cierto que esta circunstancia no ha sido materia de recurso, no es menos cierto que el Tribunal de Apelación reconoce atribuciones para estudiarla, pues hace al fondo de las cuestiones sometidas a su imperio, y la eventualidad de tener para ello que investigar más profundamente no es óbice para hacerlo, siempre claro está en aras de llegar con pulcritud procesal al objeto propio y final de la cuestión.
Esto último resulta una falacia puesto que el Tribunal de Apelación no puede arrogarse unilateral y arbitrariamente potestades jurisdiccionales que no provengan de la ley, en este caso del Código Procesal Civil, que específicamente se refiere a la materia de competencia de un tribunal, refirió el abogado.
Encina Marín afirmó que se reconocen alcances y límites a la segunda instancia, que se circunscriben al mero contenido del thema decidendum, en este caso de los recursos interpuestos por las partes y no más allá de ello. Evidentemente, una solicitud de reconocimiento de personería, basada en un poder general para asuntos judiciales y administrativos, jamás debió demorar tanto como ocurrió en este caso y menos aun haber tenido el tratamiento propio de un incidente, como anómalamente lo hizo el Tribunal de Alzada, agregó el profesional.
ESCRITURA PUBLICA REVELA LLAMATIVAS CONEXIONES
El abogado Antonio Fernández Gadea, quien patrocinó la demanda de Mundy; el juez Arsenio Coronel, quien falló contra Itaipú, y el presidente de la Corte, Carlos Fernández Gadea, eran socios laborales hasta el año 1990. Esto se desprende del poder general que María Quiñónez Sanguina les otorgó a los profesionales para representarla ante las demandas actuales que pudiera tener en el futuro ante el Poder Judicial.
Quiñónez Sanguina entonces estaba demandado por María Cristina Franco de Blasco, en el juicio abierto por nulidad de escritura pública y nulidad de sociedad. Hasta entonces, Coronel y los hermanos Fernández Gadea habrían trabajado en un mismo estudio jurídico.
Luego Coronel fue juez, Carlos Fernández Gadea, ministro de la Corte y Antonio hasta ahora sigue ejerciendo la profesión en forma independiente.
Resulta muy llamativo que Antonio Fernández Gadea haya presentado la demanda de Mundy contra Itaipú ante su ex socio y entonces juez en lo civil, Arsenio Coronel. Este no dudó en condenar a Itaipú a pagarle a Mundy G. 10 mil millones en concepto de reajuste por la provisión de croquetas. Además estableció un interés del 2,5% mensuales por los meses atrasados, que abarca desde mayo de 1995.
La cuestionada sentencia de Coronel fue confirmada por el Tribunal de Apelación y posteriormente por la Corte. En estas dos últimas instancias, la sentencia fue emitida en menos de diez meses. Hubo una rapidez que nunca se vio en el Poder Judicial.
MILLONARIA SUMA YA SE DEPOSITO EN BCP
Los abogados Antonio Fernández Gadea y Luis Arévalo, apoderados de Mundy, ahora apuran para que la justicia disponga que ellos retiren los casi 4 millones de dólares que Itaipú ya depositó en el Banco Central del Paraguay a nombre del juicio. El juez en lo civil Hugo Bécker había ordenado que se expidiera el cheque a nombre de Mundy, pero por un monto de G. 10 mil millones.
Los abogados Anastacio Argaña y Marcelino Gauto Bejarano fueron contratados por Itaipú para defender sus intereses en la demanda que le había promovido Mundy. Los letrados perdieron el juicio y ahora pretenden cobrarle a la entidad más de G. 2 mil millones de honorarios por los trabajos en primera instancia.
El ingeniero Aníbal Sánchez Bejarano ya le cobró a Itaipú casi G. 5 mil millones por dos años de provisión de almuerzos, además de G. 570 millones de reajuste.
ACCION DE NULIDAD ESTA PARALIZADA
El procurador general de la República, Juan Carlos Barreiro Perrota, había promovido una acción de nulidad contra los fallos que habían condenado a Itaipú a pagarle un millonario reajuste a Mundy. Alegó que hubo fraude procesal y que las sentencias deben ser anuladas.
La acción que presentó el procurador está paralizada en el juzgado en lo civil a cargo del magistrado Nery Kunzle. Este dispuso que primero se determinara quiénes son las partes en el proceso para seguir con el juicio.
En consecuencia, el proceso quedará congelado hasta tanto la Sala Civil se expida sobre la intervención o no del abogado Alejandro Encina Marín como nuevo apoderado de Mundy Recepciones.
El reconocimiento o no de la personería de Encina Marín será analizado por los ministros Enrique Sosa, Antonio Fretes y Bonifacio Ríos Avalos.
Barreiro Perrota, en su escrito ante la justicia, señaló que al fraude procesal se prestaron los peritos Enrique Cáceres Rojas, Lorenzo Mendieta y Miguel Angel Lemir. Estos concluyeron que Itaipú debe pagarle a Mundy los G. 10 mil millones de reajuste por las croquetas.
Mi parte impugna concretamente la resolución dictada por el Tribunal, en cuanto dispone rechazar la petición de reconocimiento de personería, por considerar que tal decisión colisiona frontalmente con disposiciones legales del Código Procesal Civil y además porque los fundamentos esgrimidos denotan una inocultable arbitrariedad, ante tan patente contradicción al derecho, señaló Encina Marín en su escrito a la Corte.
Sostuvo que los miembros del tribunal Basilicio García, Arnaldo Martínez Prieto y Eusebio Melgarejo Coronel se excedieron en su competencia al resolver sobre una cuestión que no le fue expresamente propuesta en grado de apelación. Lo más grave y que bochornosamente denota el manifiesto exceso e ilegalidad del pronunciamiento es que los magistrados se valieron de documentos agregados furtivamente y fuera del trámite procesal de los recursos, que justamente habilitaron la competencia del tribunal, agregó el penalista.
Encina Marín insistió en su presentación que los camaristas se excedieron en su competencia al decidir sobre una cuestión contenciosa entre Mundy de Félix Quintana y Aníbal Sánchez Bejarano, respecto a la revocabilidad o no del poder general amplio con cláusulas especiales otorgado por Quintana a Sánchez.
Agregó que García, Melgarejo Coronel y Martínez Prieto, en forma vana y estéril, pretendieron justificar el claro exceso al que incurrieron al señalar en la resolución que ...si bien es cierto que esta circunstancia no ha sido materia de recurso, no es menos cierto que el Tribunal de Apelación reconoce atribuciones para estudiarla, pues hace al fondo de las cuestiones sometidas a su imperio, y la eventualidad de tener para ello que investigar más profundamente no es óbice para hacerlo, siempre claro está en aras de llegar con pulcritud procesal al objeto propio y final de la cuestión.
Esto último resulta una falacia puesto que el Tribunal de Apelación no puede arrogarse unilateral y arbitrariamente potestades jurisdiccionales que no provengan de la ley, en este caso del Código Procesal Civil, que específicamente se refiere a la materia de competencia de un tribunal, refirió el abogado.
Encina Marín afirmó que se reconocen alcances y límites a la segunda instancia, que se circunscriben al mero contenido del thema decidendum, en este caso de los recursos interpuestos por las partes y no más allá de ello. Evidentemente, una solicitud de reconocimiento de personería, basada en un poder general para asuntos judiciales y administrativos, jamás debió demorar tanto como ocurrió en este caso y menos aun haber tenido el tratamiento propio de un incidente, como anómalamente lo hizo el Tribunal de Alzada, agregó el profesional.
ESCRITURA PUBLICA REVELA LLAMATIVAS CONEXIONES
El abogado Antonio Fernández Gadea, quien patrocinó la demanda de Mundy; el juez Arsenio Coronel, quien falló contra Itaipú, y el presidente de la Corte, Carlos Fernández Gadea, eran socios laborales hasta el año 1990. Esto se desprende del poder general que María Quiñónez Sanguina les otorgó a los profesionales para representarla ante las demandas actuales que pudiera tener en el futuro ante el Poder Judicial.
Quiñónez Sanguina entonces estaba demandado por María Cristina Franco de Blasco, en el juicio abierto por nulidad de escritura pública y nulidad de sociedad. Hasta entonces, Coronel y los hermanos Fernández Gadea habrían trabajado en un mismo estudio jurídico.
Luego Coronel fue juez, Carlos Fernández Gadea, ministro de la Corte y Antonio hasta ahora sigue ejerciendo la profesión en forma independiente.
Resulta muy llamativo que Antonio Fernández Gadea haya presentado la demanda de Mundy contra Itaipú ante su ex socio y entonces juez en lo civil, Arsenio Coronel. Este no dudó en condenar a Itaipú a pagarle a Mundy G. 10 mil millones en concepto de reajuste por la provisión de croquetas. Además estableció un interés del 2,5% mensuales por los meses atrasados, que abarca desde mayo de 1995.
La cuestionada sentencia de Coronel fue confirmada por el Tribunal de Apelación y posteriormente por la Corte. En estas dos últimas instancias, la sentencia fue emitida en menos de diez meses. Hubo una rapidez que nunca se vio en el Poder Judicial.
MILLONARIA SUMA YA SE DEPOSITO EN BCP
Los abogados Antonio Fernández Gadea y Luis Arévalo, apoderados de Mundy, ahora apuran para que la justicia disponga que ellos retiren los casi 4 millones de dólares que Itaipú ya depositó en el Banco Central del Paraguay a nombre del juicio. El juez en lo civil Hugo Bécker había ordenado que se expidiera el cheque a nombre de Mundy, pero por un monto de G. 10 mil millones.
Los abogados Anastacio Argaña y Marcelino Gauto Bejarano fueron contratados por Itaipú para defender sus intereses en la demanda que le había promovido Mundy. Los letrados perdieron el juicio y ahora pretenden cobrarle a la entidad más de G. 2 mil millones de honorarios por los trabajos en primera instancia.
El ingeniero Aníbal Sánchez Bejarano ya le cobró a Itaipú casi G. 5 mil millones por dos años de provisión de almuerzos, además de G. 570 millones de reajuste.
ACCION DE NULIDAD ESTA PARALIZADA
El procurador general de la República, Juan Carlos Barreiro Perrota, había promovido una acción de nulidad contra los fallos que habían condenado a Itaipú a pagarle un millonario reajuste a Mundy. Alegó que hubo fraude procesal y que las sentencias deben ser anuladas.
La acción que presentó el procurador está paralizada en el juzgado en lo civil a cargo del magistrado Nery Kunzle. Este dispuso que primero se determinara quiénes son las partes en el proceso para seguir con el juicio.
En consecuencia, el proceso quedará congelado hasta tanto la Sala Civil se expida sobre la intervención o no del abogado Alejandro Encina Marín como nuevo apoderado de Mundy Recepciones.
El reconocimiento o no de la personería de Encina Marín será analizado por los ministros Enrique Sosa, Antonio Fretes y Bonifacio Ríos Avalos.
Barreiro Perrota, en su escrito ante la justicia, señaló que al fraude procesal se prestaron los peritos Enrique Cáceres Rojas, Lorenzo Mendieta y Miguel Angel Lemir. Estos concluyeron que Itaipú debe pagarle a Mundy los G. 10 mil millones de reajuste por las croquetas.