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Según la defensa, la sentencia de la Cámara es infundada debido a que no se han confrontado los relatos de dos testigos y no existe decisión sobre puntos referentes a la valoración de pruebas. Ayer, la Corte resalta que no es la instancia ni el estadio procesal pertinentes para estudiar la supuesta ocultación de pruebas, ya que esta es una función del Tribunal de Sentencia.
El hecho que dio origen al juicio se registró el 22 de setiembre del 2001, cuando José Vera fue interceptado por los agentes en las inmediaciones de Tablada Nueva y llevado hasta una zona despoblada de Ypacaraí, donde fue ultimado de un balazo en la cabeza y enterrado en una fosa común. El móvil del crimen fue pasional.
El fallo condenatorio se dictó el 13 de setiembre del 2002 y fue confirmado el 4 de marzo pasado por el Tribunal de Apelación, 4ª sala.