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En cambio, ello no anula la dosis de carroñería que encierra el asunto. La divulgación de las viñetas sobre el profeta islámico fue una vulgar operación de marketing con el fin de explotar el contexto de convulsión provocado por el filme “La inocencia de los musulmanes”.
A pesar de ello no se justifica la proscripción. No obstante, habría que mencionar la salvedad de que es deber de todo Estado democrático velar por la convivencia pacífica inhabilitando todo discurso que incite al odio, la apología al delito y la discriminación por razones de credo, raza, clase, etc. Al menos eso contempla la Convención Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en materia de obligaciones del Estado.
En el artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica, del que Paraguay es signatario, se establece que “estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional”.
Sin embargo, en este caso penalizar al semanario galo sería tan ilegítimo como la decisión del Gobierno francés de prohibir las protestas de los musulmanes contra un acto que consideraron ofensivo. Y cuando hablamos de denegar el derecho a la manifestación pública entramos en el terreno de la violación de la libertad de expresión. En este sentido, los investigadores de la comunicación Damián Loreti y Luis Lozano destacan, en su trabajo “El rol del Estado como garante del derecho humano a la comunicación”, la necesidad de considerar la protesta social como expresión de opiniones e informaciones y no solo como formas de petición y reclamo.
“Es necesario que la legislación y la jurisprudencia reconozcan que el acceso a los medios continúa siendo un privilegio, y que la criminalización de las formas de expresión pública que se engloban bajo la lógica de la protesta social merece un debate más profundo. En especial cuando los medios de comunicación masivos solo presentan este tipo de cuestiones como una irrupción de actores marginales en el espacio público, sin tener en cuenta que se trata de acciones de comunicación que deben estar protegidas”.
El Gobierno francés violó con total descaro el principio de la igualdad ante la ley, pues así como los caricaturistas divulgaron sus dibujos debe garantizarse que, en el ejercicio del legítimo derecho al disenso, los que se hayan sentido ofendidos por las ilustraciones manifiesten públicamente su descontento. Por supuesto que existe el riesgo de que se registren reacciones desproporcionadas, pero al menos en nuestro sistema interamericano la libertad de expresión no está sujeta a la censura previa, sino a las responsabilidades ulteriores.
Hay en todo esto un doble estándar del que seguramente este comentarista no está exento. Hace poco Mario Vargas Llosa escribía furioso contra el fundador de WikiLeaks, Julian Assange, calificándolo de vivillo oportunista e incluso justificando que los gobiernos oculten sus trapos sucios, aunque estén manchados de sangre. Por aquí también tenemos dioses intransigentes que reclaman cobrar el agravio de los blasfemos. Cada tanto se los ve viajando en helicóptero y ensayando su puntería jugando al tiro al blanco.
plopez@abc.com.py