Devolución por aplicación indebida del factor de ajuste

Las causas principales por las cuales la deuda sigue vigente después de 40 años fueron las altas tasas de interés más factores de ajustes por el dólar, y las tarifas por debajo del costo por largos periodos, que causaron el crecimiento de la deuda hasta el año 2007, en que fue eliminado. Como lo dice el informe Jeffrey Sachs, aplicando criterios de razonabilidad y justicia, esta deuda ya debería estar totalmente pagada para el 2013.

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En este artículo mostraremos que el Paraguay debe reclamar la devolución del efecto de la aplicación indebida del factor de ajuste durante 10 años, que alcanzó la cifra de USD 4.725 millones, como resultado de la renegociación del préstamo con Eletrobrás.

Se entiende por factor de ajuste a un porcentaje adicional cobrado por Eletrobrás en concepto de inflación americana a los préstamos otorgados a la Itaipú.

Para entender la deuda de Itaipú, un tema que muchos paraguayos consideran “demasiado complicado” para intentar opinar, se puede trazar una línea en el tiempo, desde su inicio hasta nuestros días, colocando los hitos a la fecha.

La renegociación del año 1997 en Itaipú es una consecuencia indirecta de las negociaciones del Brasil con sus acreedores internacionales, lo que generó un efecto en los préstamos hasta entonces contratados en moneda brasileña, que se dolarizaron. Contrataron préstamos en moneda fuerte dejando la moneda débil. Si se contrata un préstamo en dólares, la tasa de interés lleva implícita el riesgo país. Al aplicar el factor de ajuste, se adicionó nuevamente un factor de riesgo –o doble indexación, por lo tanto, inapropiado.

Es natural en los mercados financieros que la tasa de un préstamo en moneda fuerte sea menor que la misma en moneda nacional. Se elimina o compensa la necesidad de una mayor tasa como elemento de protección contra la pérdida de valor que habría en una moneda débil. No es natural en los mercados que instrumentos diseñados con base indexada contemplen además el uso de algún factor de corrección adicional, como por ejemplo el índice de precios de los EE.UU. En este caso, no tiene sentido que al dólar se le aplique un nuevo índice. Si Itaipú paga salarios en guaraníes o reales, ¿por qué aplicar un índice? Además, no existe relación entre los índices de EE.UU. de precios de consumo y mucho menos el de bienes industriales con las variables de ingresos corrientes y costos de operación directos de la usina.

El efecto del factor de ajuste en el saldo de la deuda de Itaipú es astronómico, si bien este esquema financiero fue ventajoso para Eletrobrás. El saldo de la deuda en 1996 del contrato principal 1480/97, en sus tres líneas: A, B y C, fue de USD 16.225 millones, y ascendió de USD 19.189 millones a fines de 2006, cuando se retiró el factor de ajuste, por lo que hubo un aumento por los reajustes y no una reducción del 57%, como indica o justifica el lado brasileño en su respuesta al Prof. Sachs. Consideramos esta renegociación como uno de los puntos más importantes entre las reivindicaciones que debe realizar el Paraguay lo antes posible.

Imagínese el lector una situación en la cual todos los meses, puntualmente, paga la cuota de su préstamo pero en lugar de disminuir sube año tras año. Indignación sentirá ante el sistema financiero y las instituciones crediticias.

El cuadro siguiente (arriba, 1) muestra la composición de los préstamos renegociados, consolidados en Eletrobrás Nº 1480, líneas A, B y C (La línea A, ya amortizada totalmente, corresponde a la deuda vencida con Eletrobrás de USD 4.193 MM y cuestionada por la Contraloría como ilegítima). Se observa que los montos en concepto del factor de ajuste y de los intereses son casi similares, salvo dos años en los que fueron negativos. Fíjense en el año 2005, el valor del factor de ajuste fue inclusive cercano a los intereses abonados. Esto significa que se pagaba el interés pero al adicionar un monto casi similar por “factor de ajuste”, la deuda se incrementaba nuevamente año tras año. Cuando en el 2007 se elimina este factor, se da comienzo a la reducción del préstamo.

El gráfico elaborado por el propio Cecuse muestra en barras negras la evolución creciente hasta el 2023 de la deuda con el factor de ajuste, evidenciando la ilógica tendencia de la deuda, que raya al absurdo, pues las deudas deben presentar una curva descendente en el tiempo y no una creciente.

Como el retiro de esa indexación fue aprobada por el gobierno brasileño solo en el 2007 y, de cara al futuro (años 2007-2023), no se extornaron los pagos pasados. Su aplicación tuvo como consecuencia una mayor carga financiera para Itaipú durante 10 años (1997-2006).

Queda pendiente de reclamo por parte del Paraguay la devolución de los pagos indebidos realizados. Para ello se debe efectuar el recálculo de los intereses a pagar eliminando el factor de ajuste para realizar una compensación de cuentas con el saldo de la deuda por el monto legal pero ilegítimamente cobrado de la monumental suma de USD 4.730 millones, solo en este concepto para este préstamo 1480 de Eletrobrás. El efecto inmediato de la compensación será la reducción en el monto de los intereses a pagar en el período 2014-2023. Al restablecer el saldo actual de la deuda y si quedase un saldo a favor, la Itaipú deberá exigir también el resarcimiento en concepto de capitalización por el costo de oportunidad de esos recursos.

Finalmente, es apropiado recordar que en este juego/este negocio/este proyecto existen varios actores –stakeholders–, cuyas motivaciones no son equivalentes. La ganancia que genera Eletrobrás como institución financiera es únicamente del Brasil, pero los ingresos de Itaipú son del Paraguay y del Brasil. La pretendida ecuación: ingresos Eletrobrás = ingresos Itaipú no se ajusta a la realidad. La importante suma de USD 4.730 millones no extornada favorece hasta la fecha a una de las partes, el Brasil, y su efecto multiplicador recae tan solo en la economía brasileña.

¿Por qué negociar hoy y no esperar hasta el 2023 para recalcular el préstamo 1480 con Eletrobrás y solicitar la devolución del importe abonado en exceso? En primer lugar, la pregunta que harían los socios brasileños es: ¿qué vamos a renegociar si la deuda ya está amortizada totalmente? (argumento que puede aplicarse a los tramos A y B de la deuda). El poder de negociación del Paraguay sería muy bajo.

En segundo lugar, el importe que Itaipú pagó indebidamente a Eletrobrás es de USD 4.725 millones, lo cual. dividido entre los dos socios, representa mínimamente USD 2.350 millones para el Paraguay (se debe adicionar el costo de oportunidad mínimo si se hubiera depositado en una cuenta de ahorro en el mercado paraguayo, por ejemplo 3%). Asumiendo que el resarcimiento por parte de Eletrobrás se recibirá dentro de los próximos 10 años, el Paraguay debería recibir anualmente, como mínimo, USD 235 millones. Esta suma es superior al préstamo del BID aprobado por el Congreso paraguayo para el mejoramiento del sistema de transporte urbano. En otras palabras, se tendrían recursos para construir un monorriel por año de US$ 200 millones durante los próximos 10 años sin necesidad de endeudar al país.

En este caso hablamos de devolución porque el importe pagado en exceso ya estuvo contemplado al momento de fijación de la tarifa. El flujo de efectivo en concepto de factor de ajuste por parte de Eletrobrás es el que debe resarcirse a la Itaipú.

Si la historia sirve de guía, la primavera no puede volver atrás. Esta proposición de ninguna manera significa crear discordia en el seno del Consejo o del Directorio de la binacional como alegan algunos brasileños. Al contrario, el saneamiento de las cuentas siempre mejora la relación entre vecinos y socios. Es una señal de buena vecindad. Además, demuestra que existe confianza suficiente entre las partes para solucionar problemas y malos entendidos. Hablando se entiende la gente.

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