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Algunos habitantes asentados sobre las calles Tte. Ricardo Cocco Riveros entre el Dorado y Hon. Prof. Dr. Gaetano Mortino y otros afincados sobre Tte. 2º Gorgonio Ross entre El Dorado y Hon. Prof. Dr. Gaetano Mortino se quejaron porque sus vecinos delimitan sectores de las calles con conos y cubiertas viejas. Lo hacen para “reservar” espacios frente a sus viviendas para estacionamiento de sus vehículos particulares o de sus miniempresas.
Una mujer que salió de una de las casas, en cuyo frente había al menos tres conos, accedió a hablar con ABC, no sin antes aclarar que no era propietaria de la vivienda. Reconoció que colocan conos para asegurar el estacionamiento frente a sus residencias y evitar accidentes, porque muchos funcionarios de instituciones bancarias y empresas de los alrededores estacionan en ambas márgenes de su calle y bloquean con prepotencia garajes y espacios frente a sus domicilios, además de reducir el ancho de la calle.
Dijo que muchos vecinos tienen varios vehículos que ya no pueden estacionar dentro de sus propiedades, entonces lo hacen frente a sus residencias. También se supo que días atrás, el vehículo de un vecino fue chocado por un funcionario que trabaja en la zona, al tratar de maniobrar en el lugar.
“Los vecinos hemos presentado tres reclamos a la Municipalidad de Asunción, contra el estacionamiento sobre ambas márgenes de esta calle, que es de doble sentido”, apuntó un hombre, de la misma casa donde estaba la mujer, pero no se identificó.
Intentamos dialogar con el inspector Gustavo Cardozo, jefe de Operaciones de la Policía Municipal de Tránsito de la Municipalidad de Asunción, pero no fue posible, porque no respondió a nuestras llamadas hechas a su número de celular con terminación 74.
Letra muerta
La Ordenanza Municipal 479/10 “Reglamento General de Tránsito” señala “Se prohíbe colocar o mantener en la vía pública o en predios particulares signos, demarcaciones o elementos de cualquier naturaleza que imiten o se asemejen a las señales de tránsito...” (Art. 67).
También establece que “queda totalmente prohibido estacionar del lado de los números impares de los inmuebles, en el caso de las calles de doble sentido de circulación con un ancho igual o superior a dos carriles” (Art. 146).