Setama debe sumariar a empresas cuyos permisos caducarán en 2013

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La Ley 3698/09, que modifica la Ley 1590/00, de Setama, determina que la concesión de itinerarios es por tiempo limitado. El ente debe sumariar a 10 líneas cuyos permisos caducarán a fin de año. Sin embargo, el consejo ni siquiera se reúne para definir dos licitaciones. La desidia de consejeros es uno de los motivos del proyecto de ley para liquidar esta entidad.

Se informó que el consejo de la Setama no se reunirá de nuevo esta semana. La última vez que se reunieron los consejeros fue el 3 de abril, cuando resolvieron la rebaja del pasaje. La desidia de los miembros del consejo es una de las razones por las cuales la Cámara de Senadores había aprobado el proyecto para eliminar la entidad.

El proyecto, aprobado el 21 de marzo, debe ser tratado por la Cámara Baja.

Los consejeros se reúnen solo dos veces al mes pese a que tienen varios temas de vital importancia, como la renovación de los permisos de explotación de itinerarios. En enero, la Setama lanzó el concurso para regularizar la concesión de la Línea 2, de la empresa SMTC SRL (itinerario: Luque-San Lorenzo). La firma, cuyo representante es Rubén González, fue adjudicada en forma irregular. La concesión del itinerario de la Línea 31 (de Lambaré hasta Asunción), de Jorge Chamorro, fue cancelada por mal servicio, por lo que también entró en el proyecto de licitación. El comité de evaluación de ofertas de Setama ya dictaminó hace un mes a favor de los oferentes: Línea 2, Gregorio González; Línea 31, Tranquilino Duarte. El consejo se reuniría recién la próxima semana para tratar el tema. También dilata abordar el problema de las líneas “mau” o que trabajan mediante amparos judiciales.

La Ley 3698 y las licitaciones

El artículo 38 de la Ley 3698/09 señala: “Toda concesión de itinerarios y/o zonas de explotación a una empresa de transporte público de pasajeros que por primera vez solicite el usufructo de un itinerario, requerirá de una licitación pública...”. Los viejos itinerarios pueden ser licitados solo en el caso de comprobarse el mal servicio de la concesionaria, según normas de la Setama.