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“En estos casos no se podrá aplicar la automatización de la gestión de subsidios que activaremos en breve porque se debe verificar si el reposo es correcto, por lo cual se le solicitará al empleado que se someta a algunos estudios en el instituto para corroborar la información”, agregó.
Reposos pagados
Por otra parte, indicó que las empresas que contemplen por contrato colectivo el pago por reposo a sus empleados de igual modo deben comunicar la situación al IPS, en caso de que el empleado desee gestionar el subsidio por reposo.
Cabral indicó que hoy en día el IPS está pagando este subsidio a los empleados cuyas empresas también les pagan el reposo, aunque considera de manera personal que en este caso el pago no corresponde porque se trataría de una duplicación del beneficio.
“El subsidio por reposo se otorga cuando el empleado está imposibilitado de recibir la remuneración debido a que no puede trabajar por sus problemas de salud. Algunas empresas prevén el pago por reposo (hasta 10 días en el año, en ciertos casos) como si fuera un día trabajado. Es allí que nosotros debemos verificar si efectivamente el empleado reposó o trabajó, porque si no cumplió con su reposo no le corresponde el subsidio”, apuntó.