Reglan servicios ambientales

El Decreto 11202 “Por el cual se reglamenta parcialmente el Art. 11 de la Ley 3001/06 ‘De valoración y retribución de los servicios ambientales’ y se establece el mecanismo para avanzar en la reglamentación del Art. 8 de la misma”, fue promulgado el martes último.

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Prevé la determinación de los valores nominales de los certificados de servicios ambientales, posibilitando que los bosques certificados en una ecorregión puedan ser utilizados para compensar los déficits en otras ecorregiones.

“Esta medida contribuirá en lo inmediato a disminuir el ritmo de la deforestación en el Chaco. Además, facilita el surgimiento de un mercado secundario de certificados de servicios ambientales”, sostuvo el director ejecutivo del Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA), Ezequiel Santagada.

Explicó que conforme con el decreto, los certificados de servicios ambientales que sean convertidos en títulos cuyo valor podrán ser negociados en la Bolsa de Valores y adquiridos por cualquier contribuyente  del impuesto a la renta para cancelar un porcentaje de sus obligaciones fiscales.

“Además, define lo que debe entenderse por proyectos de obras e infraestructura de alto impacto ambiental y reglamenta, en consecuencia, la obligación de invertir en la adquisición de certificados de servicios ambientales por parte de los titulares de esos proyectos, incluyendo al Estado”, manifestó Santagada.

Agregó que, sin lugar a dudas, la reglamentación de esta obligación generará una demanda importante de certificados de servicios ambientales y, en consecuencia, impulsará la certificación de superficies de bosques naturales; y fomentará la inversión en reforestación con especies nativas.

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