Promulgan la ley que busca frenar el descontrol en la educación superior

El presidente de la República, Federico Franco, promulgó ayer la Ley de Educación Superior, normativa que busca restablecer el orden en materia de formación académica. Esta ley crea un consejo que se ocupará de proponer y coordinar las políticas de formación superior. Las universidades e institutos superiores podrán ser intervenidos y clausurados.

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La sanción y posterior promulgación de la Ley de Educación Superior surgió del consenso entre estamentos involucrados en la Educación Superior, y tardó varios años en concretarse. La normativa pretende encauzar el rumbo de la formación superior, en un mercado en el que abundan las ofertas académicas, pero de dudosa calidad.

Por tal motivo, crea un consejo que se ocupará de coordinar y proponer las políticas y programas para la formación superior.

El consejo estará integrado por el ministro de Educación, el rector de la Universidad Nacional de Asunción (UNA), el rector de la Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción”, un rector representante de las universidades públicas, un rector representante de las universidades privadas, un miembro del Consejo Nacional de Educación y Cultura, un representante de los institutos superiores del sector público, un representante de los institutos superiores del sector privado, un catedrático por las universidades públicas, un catedrático por las universidades privadas, un representante del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), un representante estudiantil de las universidades públicas, y un representante estudiantil de las privadas.

Entre las múltiples funciones que le asigna la ley, este consejo tendrá la atribución de dictaminar sobre la creación y clausura de universidades y de los institutos superiores. Su dictamen tendrá carácter vinculante en el Congreso, y deberá fundarse en el informe técnico que proporcione la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (Aneaes).

Intervención y clausura

Durante los primeros cinco años de funcionamiento de la universidad, esta solo podrá desarrollar el proyecto que fuera aprobado, no pudiendo ofrecer otras carreras ni posgrados. También establece evaluaciones periódicas y les da un plazo máximo de tres años para mejorar las deficiencias que les fueran señaladas durante la evaluación. Caso contrario, el Consejo Nacional de Educación Superior dispondrá su clausura.

En cuanto a las universidades e institutos superiores que ya están en funcionamiento, la ley menciona que los mismos tienen un plazo máximo de dos años para adecuarse plenamente a los fines para los cuales fueron creados.

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