Jubilación en el IPS: 12 preguntas más frecuentes

Dentro de un mes aproximadamente, se habilitará el call center Nº 0800-11-5000 para consultas en la Dirección de Jubilaciones del Instituto de Previsión Social (IPS).

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En esta nota, le anticipamos las preguntas más frecuentes que todo beneficiario suele hacer. Responde el director de la Caja, abogado Carlos Cabral.–Director, ¿qué cubre el seguro del ente?   

–En Paraguay, el IPS es la institución mayoritaria del sistema de seguridad social y el único ente de mayor envergadura que cubre tanto la parte de salud como jubilaciones y pensiones. La cobertura que brinda el IPS abarca a todos los trabajadores del sector formal del país, personal de organismos descentralizados del Estado, empresas mixtas, maestros del sector público y privado y también del servicio doméstico, etc. Una de las virtudes de este sistema es que sus beneficios son extensivos a los cónyuges o convivientes, hijos y padres del asegurado en situación de dependencia.   

–¿Cuántos regímenes de afiliación tiene?   

–El seguro social del Instituto de Previsión Social es una de las ocho Cajas de Jubilación del país. El seguro social cubre tres riesgos: la invalidez, la vejez y la muerte. Además, da prestaciones de salud. El régimen de afiliaciones permite tres categorías: el régimen regular, que abarca a todos los trabajadores en situación de dependencia y sus familiares a cargo, cubre riesgos de accidente, enfermedad, maternidad y vejez. El régimen especial de salud incorpora a las trabajadoras del servicio doméstico, que trabajan en Asunción y Departamento Central, al magisterio público y privado en todo el país, agentes fiscales y los funcionarios del Ministerio Público. La tercera categoría está integrada por los veteranos de la Guerra del Chaco y sus beneficiarios.   

–¿A cuántas clases de jubilaciones se puede acceder en el IPS?   

–La ordinaria, que son aquellas que tiene una caja sustitutiva ordinaria completa. Es decir, 60 años de edad y 25 años de aporte como mínimo. En este caso, el trabajador accede a una jubilación del 100 por ciento del promedio de 36 últimos meses del salario. Si tiene menos de 60 años de edad, también puede acceder a una jubilación ordinaria, pero con porcentaje diferente. A los 55 años de edad y 30 años de aporte se accede al 80 por ciento de los 36 últimos meses del salario, con un aumento del 4% por cada año cumplido. La extraordinaria se da  para la persona de 60 años de edad que no completó los 25 años de aporte estando en estado de dependencia. El trabajador que perdió su trabajo puede continuar pagando solamente el haber jubilatorio y puede beneficiarse con el 100 por ciento de los 36 últimos meses de salario percibido. Existe, además, la jubilación por invalidez derivada por enfermedad común (que no es producto del trabajo que realiza) y por enfermedad profesional.   

–¿Puede una persona aumentar los haberes después de jubilarse?   

–La persona que se jubila con el 80 por ciento de su haber queda con ese monto. No es que automáticamente al cumplir 56 años le va a subir un 4 por ciento hasta completar el 100 por ciento. Los ajustes del haber jubilatorio solo se dan de acuerdo a la variación del costo de vida.   

–¿Los extranjeros tienen los mismos derechos jubilatorios en el Paraguay?   

–Un trabajador de cualquier nacionalidad que esté trabajando en relación de dependencia en el Paraguay está sometido a las leyes laborales como a las del IPS. Por lo tanto, tiene los mismos derechos y las obligaciones. Cuando reúnan los requisitos ya mencionados, se jubila con los mismos beneficios que un paraguayo.   

–¿Quiénes pueden acceder a la jubilación proporcional?   

–A partir de este año se estableció una nueva modalidad jubilatoria denominada "Jubilación proporcional". El requisito mínimo para reclamar esta jubilación es tener 65 años de edad y 15 años de aporte. Se jubila con el 60 por ciento del haber percibido durante los últimos 36 meses de trabajo. Para que puedan acceder al beneficio los interesados deben acercarse a la oficina de Jubilaciones y Pensiones en la capital. Venir con la cédula de identidad y ayudar a construir su historia laboral, se verifica que tenga los aportes y se le liquida el beneficio. Tarda como un mes y medio. Actualmente, tenemos 1.700 solicitudes y 300 ya accedieron a la jubilación proporcional, entre abril y mayo pasado.   

–¿Cómo se puede averiguar los años de aportes?   

–Las personas interesadas se acercan a la oficina de la Dirección de Jubilaciones en Asunción, y en el interior tenemos agencias regionales en Villarrica, Ciudad del Este, Pilar y Encarnación. Se realiza y se presenta una solicitud que luego se remite a la central para procesar. Para saber cuántos años de aporte se tiene acumulado, se puede preguntar ya sea por teléfono (Nº 211.563) o personalmente en cualquier momento. Dentro de un mes aproximadamente se habilitará el call center Nº 0800-11-5000 para responder todas las preguntas que quieran hacer los jubilados.   

–¿Cuántos años de superávit tiene la Caja de Jubilaciones según el cálculo actuarial?   

–El último estudio se realizó en diciembre del año pasado por especialistas de la Asociación Iberoamericana de Seguridad Social. El mismo habla de 30 años de superávit  de la Caja de Jubilaciones del IPS si se mantienen las condiciones existentes. Por ejemplo, que tengamos el mismo crecimiento en materia de activos por cada año (entran unos 40.000 nuevos asegurados cada año).   

–¿Cuántos jubilados hay en la institución?   

–Entre jubilados y pensionados tenemos un poco más de 33.000. Los aportantes activos para el régimen general (salud y jubilación) están cerca de los 400.000. Es decir, por cada jubilado y pensionado que tenemos hay 10 activos que están aportando. El fondo de reserva de jubilaciones y pensiones del IPS está con un superávit de 500 millones de dólares, aproximadamente.   

–¿Puede un jubilado asegurar a su cónyuge, sus hijos menores y a sus padres?   

–El grupo familiar está protegido y la ley menciona que la esposa o concubina; el marido o concubino, estos últimos si están en situación de dependencia; los hijos menores solteros y los incapacitados hasta el tiempo que dure la incapacidad tienen seguro social con una cobertura del ciento por ciento. Lo que no puede hacer el jubilado es asegurar a sus padres.   

–¿Cuándo un beneficiario se jubila por invalidez o enfermedad?   

–Una persona que se accidenta en moto, por ejemplo, no es considerado accidente de trabajo si queda incapacitada, y tiene tres años de aportes, tiene entre 50 a 55 años de edad le corresponde una jubilación por invalidez porque ya no puede trabajar. Percibe entonces como beneficio el 50 por ciento del promedio de tres años de salario de los 36 últimos meses.   

–¿Se puede jubilar una persona que tiene aportes en países del Mercosur o en dos, tres Cajas, en el Paraguay?   

–Sí, la Ley de Intercajas está vigente desde el mes de mayo del año pasado. Gracias a dicha ley se pueden sumar los años de aportes en las diferentes Cajas de Jubilaciones de un beneficiario (Ej. Cajas: Bancaria, IPS y Municipal). Como requisito debe tener 65 años de edad y se puede jubilar en proporción al tiempo de aporte que tenga. Se totalizan los aportes y cobra la suma proporcional en las tres Cajas. Esta es una normativa similar a la que surge en los convenios internacionales del Mercosur (jubilación unificada) vigentes desde junio de 2005. Si un trabajador tiene 10 años de aportes en Argentina, puede sumar los años de aportes obtenidos en Paraguay para jubilarse en forma proporcional a los aportes. El haber nacional cobra en el IPS y la extranjera a través de un banco local donde se le deposita su beneficio.
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