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La propiedad que vendió el Indi el 2 de noviembre pasado a Julia Beatriz Vargas Meza, domiciliada en el primer piso del edificio San Blas de Ciudad del Este, se encuentra a 640 km de la capital, sobre la Picada 108, a 35 km al Sur de Tte. Picco.
Doldán, actualmente asesor del Indi, explicó que en el 2003 la Ley 2199 modificó la Ley 904 “Estatutos de las comunidades indígenas”, y en su artículo 45, inciso h, dice que es atribución del titular del Indi, “autorizar la adquisición y venta de inmuebles...”, pero según nuestro entrevistado, esta disposición no se puede aplicar a los asentamientos. “El Indi puede vender su local, sus vehículos; todo bien que no está destinado a asentamiento, pero cuando una propiedad sirve de asentamiento, automáticamente pasa a ser un bien intransferible, protegido por la Constitución”, remarcó.
El expresidente relató que Quesnel le consultó y le mostró el artículo de la Ley 2199 para escuchar su opinión y le respondió que una ley no puede estar por encima de la Constitución. “No puedo avalar una venta que prohíbe la Carta Magna”, remarcó.
Doldán recomendó a Quesnel reconocer que cometió un error, pero aún así el delito ya está; él debió asesorarse y no proceder de esa manera, indicó.
Consultados antiguos funcionarios del Indi sobre el tema, no ocultaron su extrañeza y aseguraron que es la primera vez que el ente despoja a los nativos de una propiedad para vender a un particular. El Indi recibió por la venta G. 1.250.000.000 que ya fueron depositados en Hacienda. El mismo monto que pagó 16 años atrás, o sea G. 50.000 la hectárea. Una hectárea en la zona cuesta actualmente por encima del millón de guaraníes, informaron en el propio Indi.
Quesnel había prometido pasar por ABC para dar su versión y no lo hizo.