Cargando...
El documento sancionado recientemente en el Senado mantiene la discriminación salarial, así como la vulneración de los derechos de la infancia y adolescencia al permitir la contratación de menores de edad para labores domésticas.
La Asociación de Empleadas del Servicio Doméstico del Paraguay (Adesp), el Sindicato de Trabajadoras Domésticas del Paraguay (Sintradop) y el Sindicato de Trabajadoras Domésticas y Afines de Itapúa (Sintradi) llevan adelante una estrategia de incidencia para lograr en la Cámara de Diputados la modificación de los artículos que perpetúan la discriminación. Concretamente, el artículo que plantea un salario del 60% del salario mínimo vigente y el que establece que se puede realizar trabajo doméstico desde los 16 años. Las trabajadoras domésticas insistirán en la Cámara de Diputados en la sanción de una ley que establezca el sueldo mínimo legal y los 18 años como edad mínima para realizar trabajo doméstico. Pretenden incorporar en la Cámara de Diputados un artículo sobre la modalidad de inspección del Ministerio de Trabajo, para garantizar el cumplimiento de la ley; así como un artículo que establezca políticas de inclusión laboral para las trabajadoras del servicio doméstico.
El empleo doméstico en Paraguay ocupa al 16% de la población económicamente activa ocupada femenina (PEA femenina), un total de 219.427 mujeres.