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De acuerdo con el Decreto N° 1614 del 11 de abril pasado, el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, dispuso la declaración “en situación de emergencia la infraestructura física de los establecimientos educativos de gestión oficial de la República”.
Autoriza al Ministerio de Educación y Ciencias a gestionar “los recursos necesarios para llevar adelante los trabajos de infraestructura para la atención de las necesidades emergentes”.
Señala que el Ministerio de Hacienda debe dar “atención preferencial y con carácter prioritario de los procedimientos requeridos por el MEC para la transferencia de créditos presupuestarios, así como para la obtención de los mismos por los mecanismos legales asignados al efecto, sean estos de ampliación, modificación o reprogramación presupuestaria”.
La disposición gubernamental también da vía libre al MEC a recurrir a los procedimientos de excepción previstos en el Artículo 33 de la Ley N° 2051/2003, “De Contrataciones Públicas”, y sus modificaciones y reglamentaciones vigentes.
La disposición refiere “que las condiciones actuales, con respecto a la infraestructura de numerosas instituciones educativas evidencian una necesidad urgente e impostergable de intervención por parte del MEC a fin de salvaguardar la integridad física de las personas, en particular, de los niños, adolescentes y docentes, así como de la provisión de nuevas aulas y equipamientos con el propósito de garantizar el acceso a la educación en aquellos lugares en los que se requieran de manera indispensable”.
“El diagnóstico del estado de la infraestructura física de las instituciones educativas reporta una situación de emergencia que significa un serio riesgo para el sostenimiento del Sistema Educativo Nacional”, refiere la disposición del Ejecutivo.