Comuna podría ser imputada si no retira pilas de su predio

La Municipalidad de Asunción podría ser imputada por supuesto hecho punible de procesamiento ilícito de desechos e incumplimiento de medidas de mitigación ambiental si en el plazo de 3 días, que se cumplen mañana, no retira los tambores, botellas y demás residuos que se encuentran en las calles Paseo del Yacht casi Lapacho Amarillo, frente a la Fundación Itá Enramada, en la porción de terreno que le corresponde.

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Así expresa el Oficio Nº 501, rubricado por la abogada Sara Torres Villalba, agente fiscal a cargo de la Unidad Fiscal Nº 1, especializada en delitos ambientales, que lleva la causa 173/14 “Ministerio Público contra Rubén Figueredo sobre supuesto hecho punible de procesamiento ilícito de desechos e incumplimiento de medidas de mitigación ambiental”.

Ayer, durante la sesión ordinaria, el concejal Martín Arévalo puso a conocimiento del pleno el contenido del documento y planteó urgir a la Intendencia las acciones propuestas por la fiscalía, moción que fue aprobada por todos los demás ediles.

Otros concejales recordaron la “gran labor” de la Fundación Itá Enramada, bajo la dirección de Rubén Figueredo, con la recolección y almacenamiento de pilas y demás basura tecnológica.

Acciones

El documento judicial expresa que “Los residuos que fueran retirados, deberán ser clasificados conforme a su naturaleza, previo pesaje de cada tambor y constancia en acta respectiva, y en el caso de las pilas, baterías y demás implementos con alto poder contaminante, se deberá destinar un lugar, certificado por la Secretaría del Medio Ambiente, para dicho fin (almacenamiento de pilas en desuso), en el cual los mismos serán aislados, sin posibilidad de afectación a la salud ambiental y la ubicación del lugar deberá ser notificada a la ciudadanía, para que tomen conocimiento de los lugares destinados al acopio de tales residuos”.

Finalmente, la fiscalía advirtió a la Municipalidad que, conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal, el Gobierno Municipal (Intendencia y Junta Municipal) tienen el deber de velar por la conservación ambiental de sus respectivos territorios y en caso de incumplimiento, se exponen a su procesamiento en la causa.

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