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La ordenanza que establece normas que regulan los servicios de limpieza y aseo público en la ciudad es la número 483/10. La Municipalidad capitalina cuenta con esta herramienta legal, que le faculta a intimar a los propietarios de terrenos baldíos y viviendas abandonadas a que realicen la limpieza. Este procedimiento establece ya un acta de intervención, entonces se remiten los antecedentes al Juzgado de Faltas.
Además, como la falta de limpieza de esos predios baldíos o abandonados también repercute gravemente en la salud ambiental, se le da participación a la Fiscalía del Ambiente, enviándole los antecedentes de cada caso, para que tome intervención.
Todos los días
Ricardo Servían, jefe de departamento de Recursos Naturales de la Municipalidad, señaló que las denuncias son hechas todos los días en la Unidad de Baldíos de la Dirección General de Gestión Ambiental, donde se recepcionan las quejas de predios baldíos en mal estado, que son empleados como “cementerios de chatarras” o vertederos para basuras y, en algunos casos, como guarida de inadaptados, pues muchos de los predios abandonados tienen edificaciones en ruinas.
Servían señaló que en la época veraniega es cuando mayor cantidad de reclamos se registra en la dependencia a su cargo, y que es el Juzgado de Faltas de la Comuna el que determina, de acuerdo al grado de violación de las disposiciones, si los dueños de los predios cometieron faltas leves, graves o gravísimas e imparte las multas y sanciones respectivas.