La Ordenanza 60/98 ‘‘que establece acciones a ser desarrolladas para la protección de la cobertura arbórea de la ciudad de Asunción’’ responsabiliza de toda la vegetación urbana a la comuna capitalina. ‘‘El cuidado de los árboles del dominio público, situados en calles, parques, plazas y bienes de propiedad de la municipalidad es responsabilidad de la misma’’.
La norma también señala que los árboles deben ser derribados en los siguientes casos: decaimiento o pérdida de vigor en especies que sean irrecuperables, cuando exista amenaza de caída, cuando pongan en peligro estructuras de obras viales. Todos estos requisitos están reunidos en
los dos árboles que se ilustran en esta página. Se encuentran en esta situación desde hace tiempo, pero la Dirección de Protección Ambiental de la Municipalidad no se ha percatado.
Los árboles secos debieron ser reemplazados por la municipalidad en el mes de mayo para el crecimiento de nuevas especies y no esperar el calor de estos días para plantar nuevas especies.