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Las especies de palomas citadas se multiplican tres veces al año, como mínimo, y en grupo de millares atacan cultivos en grano.
Algunos establecimientos cultivan plantas que tienen granos para atraer estas aves y beneficiar al turismo de la caza deportiva.
Los operadores turísticos esperan que la Seam establezca el periodo de cacería, para ofrecer paquetes a los extranjeros, quienes anualmente vienen al país. Dicho periodo debería abarcar desde marzo y no desde abril, debido a la proliferación de palomas conforme con expertos del sector.
El año pasado, el periodo fue del 1º de abril al 31 de julio, pero según los operadores no fue muy efectiva dicha resolución de la Seam, por lo que proponen se aplique el periodo del 2011, que abarcó desde marzo hasta el 31 de agosto Resolución 1126/11).
La Seam estableció el año pasado el reglamento de caza deportiva de las palomas en el Chaco (Resolución 799/14). Dicho reglamento tiene validez por cinco años. Sin embargo, cada año la institución debe emitir una resolución del periodo de cacería, el cupo (cantidad) de caza permitida y la zona de implementación.
La única cacería deportiva habilitada en el país por la Seam es la de palomas, que puede realizarse en la zona de Chaco Central, con el permiso explícito de la citada institución. Esta cacería se autoriza atendiendo que las palomas chaqueñas son consideradas plagas para cultivos agrícolas de grano en el gran Chaco Americano, que abarca zonas extensas de nuestro país, de Bolivia y de Argentina.