ANDE se escuda en carta orgánica para podar árboles de forma salvaje

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La carta orgánica de la ANDE le permite a la entidad realizar “liberación de cables eléctricos” pero no podas indiscriminadas como la del árbol en el paseo central de avenida Primer Presidente casi Marcelo Onieva, del barrio Madame Lynch de Asunción.

Por ello, la Municipalidad no puede hacer cumplir la ordenanza vigente.

Ayer ABC Color publicó la imagen de un árbol que, sin respetar técnica ni época, fue podado por funcionarios de la ANDE en el paseo central de la avenida Primer Presidente casi Onieva.

Al respecto, el director general de Gestión Ambiental de la Municipalidad de Asunción, Hugo Piccinini, indicó que la ANDE puede realizar podas debido a que su carta orgánica le permite, argumentando motivos de seguridad que no pueden aguardar los trámites correspondientes en la Comuna.

El jefe forestal de la Municipalidad de Asunción, ingeniero Alejandro Segovia, aclaró que la ANDE según su carta orgánica puede realizar “liberación de conductores eléctricos” y no podas.

Sin embargo, sostuvo que “la liberación de conductores” se asemeja más a una “obra de arte moderno” porque no se respetan técnicas ni épocas para realizar los trabajos que, finalmente, terminan siendo una poda.

Segovia aclaró que el problema fue subsanado porque desde hace cuatro años se realizan cursos de capacitación con funcionarios contratados por la ANDE para realizar la poda, pero indicó que, en este caso, se pondrá en contacto con su par de la entidad reguladora de energía para evaluar las circunstancias en las que se hizo la liberación de conductores.

Con el argumento de “urgencia” y “seguridad” esgrimido por la ANDE, la Municipalidad no puede hacer cumplir la Ordenanza 60/98, que protege los árboles de Asunción.

La disposición indica que derribar –o podar– un árbol en el dominio público solo puede ser autorizado en caso de decaimiento o pérdidas de vigor de los árboles y que sean irrecuperables, cuando provoquen trastornos en el tráfico vehicular y/o peatonal, cuando exista amenaza de caída o cuando pongan en riesgo estructuras de obras civiles o cuando se trate de especies que puedan causar efectos adversos sobre la salud. En ningún lugar la ordenanza contempla que las podas pueden realizarse en forma indiscriminada, por lo que la ANDE está en falta.