Advierten sobre la nulidad de los permisos ilegales para demolición

Los “permisos” de demolición de la Municipalidad de Asunción son irregulares y por tanto nulos, asegura el edil Arq. Federico Franco Troche. Advierte que se están obviando procedimientos establecidos en la legislación para “descatalogar” y pide una investigación de la demolición de la exquinta de Ñata Legal, así como de otra casa de Perú c/ Juan de Salazar que es patrimonio histórico.

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El Arq. Federico Franco Troche asegura que existen suficientes elementos que ameritan una profunda investigación en el accionar de varios de sus pares y funcionarios de la Intendencia Municipal con relación a los “permisos” de demolición.

Dijo que el procedimiento está establecido en las ordenanzas 28/96 y 35/96 en lo que corresponde al ámbito comunal y la Ley 5621/16, de Protección del Patrimonio Histórico.

Cuestionó la “descatalogación” que se viene realizando en la Comuna ignorando dictámenes de la misma Dirección de Patrimonio Histórico de la Intendencia o el Consejo Asesor de Patrimonio e incluso de la Secretaría Nacional de Cultura (SNC).

Citó la última polémica demolición de la excasa quinta de Ñata Legal, en que la misma había sido advertida en varias ocasiones por la Comuna que la vivienda no podía ser demolida por ser patrimonio. También mencionó el caso de una vivienda de Perú y España y otra casa quinta de la posguerra del 70 que corre serio riesgo. Está ubicada sobre Perú c/ Juan de Salazar.

“La Secretaría Nacional de Cultura, a través de la Ley 5621, es la máxima autoridad en materia de preservación del patrimonio. Cualquier intervención o indagación de demolición requiere necesariamente de su autorización. Lo que ocurre últimamente es que las resoluciones de la Junta Municipal, por las que se descatalogaron bienes patrimoniales, no tienen el dictamen de la SNC e incluso van en contra del dictamen de la institución”, enfatizó. 

Aclaró que la “descatalogación” es una cuestión totalmente irregular que no está contemplada en la ley: “Independientemente de la vigencia o no de las ordenanzas, y de acuerdo con la ley, incluso con la anterior Ley 946 de Bienes Culturales, solo puede ser descatalogada una vivienda con dictamen fundado de la autoridad de aplicación, es decir, la SNC. Ignorar eso es lo preocupante. Lamentablemente se ha procedido a la descatalogación, incluso exclusión del registro”. 

Apuntó que este procedimiento es irregular y puede ser atacado de nulidad. Incluso existen penas privativas de libertad para los responsables.

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