Cargando...
En aquella oportunidad, la magistrada dispuso la elevación de la causa a juicio oral, tras descartar los incidentes de nulidad, de exclusión probatoria, de sobreseimiento provisional y de sobreseimiento definitivo del acusado.
La resolución fue apelada por el abogado Carlos Bogado, pero los camaristas destacaron que por más que la magistrada haya resuelto distintas cuestiones, al plasmarlas en la misma resolución en que dispone la elevación a juicio, la misma es inapelable.
“Entonces, al determinar que el auto de apertura es inapelable, el legislador no concibe el recurso de apelación contra la resolución por la cual el juez de control admite la acusación fiscal, por lo que las demás decisiones asumidas en el auto que contiene la admisión de la acusación, forman parte de la materia propia de la apertura a inicio y en consecuencia, no pueden ser objetadas por medios de la apelación, ya que se trata de una sola resolución que fue excluida expresamente del ejercicio de este recurso”, concluye la Cámara.
De los cuatro jóvenes imputados por el caso, el fiscal Rogelio Ortúzar acusó a uno por coacción sexual y violación; pidió sobreseimiento definitivo para dos y provisional para el cuarto. La acusación se presentó el 19 de noviembre de 2013, desde entonces la causa avanza a paso lento a raíz de las chicanas de las defensas.